CASARI, MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a la ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por aportes como autónomo y exención de retenciones del Impuesto a las Ganancias. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó los agravios de ANSES, imponiendo las costas de segunda instancia a la demandada y regulando honorarios al 35% para la letrada actora.
¿Quién es el actor?
CASARI, Miguel Ángel.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional (recalculo del haber inicial por aportes como autónomo, actualización de aportes, y la exención de las sumas adeudadas del Impuesto a las Ganancias).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de fecha 18/04/2022 dictada por el Juez Federal de Río Cuarto en todo lo que decide y fue materia de agravios; se impusieron las costas de segunda instancia a la demandada y se reguló los honorarios de la letrada actora en el 35% de lo que oportunamente se estime en la instancia de grado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "En igual sentido, se pronunció la Cámara Federal de la Seguridad Social Sala I en autos 'Tognon, Sergio José', sentencia n ° 112.118 del 23-11-204; y la Sala II en autos 'Failembogen, Indy' sentencia n° 128.978, del 11-3-2009. En consecuencia, la doctrina sentada por la CSJN en la causa 'Elliff' en donde se aplica el índice ISBIC para actualizar las remuneraciones, no tiene aplicación respecto a los aportes efectuados en calidad de autónomo." (fundamento para confirmar la actualización de aportes por años y categorías efectivamente aportadas, excluyendo períodos de moratoria/SICAM).
2) "Diferente solución merecen los aportes efectuados mediante el sistema MORATORIA y/o SICAM, no cabe para ellos en este caso actualización alguna, pues no fueron ingresados concomitantemente con la realización de sus tareas como autónoma, sino como se ha señalado, al tiempo de incluirse en un plan de regularización ('Boffa, Ana María c/ ANSES s/ Reajustes Varios, 16/12/2013')." (excepción relativa a aportes regularizados por moratoria).
3) "En lo atinente al agravio deducido respecto de la retención del Impuesto a las Ganancias conforme la Ley N° 20.628, este Tribunal ya ha dejado sentada su postura en reiteradas oportunidades en cuanto cabe remitirse a lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'García, María Isabel', sentencia de fecha 26 de marzo de 2019..." (fundamento para desestimar el agravio sobre Ganancias).
4) "Teniendo en cuenta ello y el resultado arribado, las costas se imponen a la demandada (conforme artículos 36 de la ley 27.423 y 68, 1° parte del CPCCN), regulándose los honorarios de la letrada apoderada de la parte actora en el 35% de lo que oportunamente sea regulado en primera instancia, no haciendo lo propio con la representación jurídica de la parte demandada por ser profesional a sueldo de su mandante (conf. arts. 30 y 2, respectivamente, de la Ley N° 27.423)." (decisión sobre costas y regulación de honorarios).
- Disidencias: No consta en el bloque resolutivo ni en el acuerdo final disidencia que modifique lo resuelto; la decisión aprobada por la Cámara es la que aquí se expone.
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