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CAVAGGIONE, LAURA TERESITA c/ ANSES s/HABER MÍNIMO GARANTIZADO

La actora demandó a ANSeS por la diferencia para alcanzar el haber mínimo garantizado sobre una pensión en modalidad de renta vitalicia. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a ANSeS abonar la diferencia, sosteniendo la subrogación del Estado en la garantía del haber mínimo y la prohibición de trato desigual entre beneficiarios del SIPA.

Costas Seguridad social Igualdad Renta vitalicia previsional Anses Haber minimo garantizado Etchart Ley 24.241 Ley 26.425 Subrogacion estatal


¿Quién es el actor?

Cavaggione, Laura Teresita.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Petición para que ANSeS abone la diferencia necesaria para que la renta vitalicia previsional percibida por la actora alcance el haber mínimo garantizado por la ley.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de fecha 2 de junio de 2025, dictada por el Juez Federal subrogante de San Francisco, en todo lo que decide y ha sido materia de agravio; se impusieron las costas de segunda instancia por su orden, sin regular honorarios por la inactividad de la actora ante la Alzada y por tratarse la representación de la demandada de profesional a sueldo.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "El art. 125 de la ley 24.241 (t.o. según ley 26.222) establece que: 'El ESTADO NACIONAL garantizará a los beneficiarios del SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES del Régimen Previsional Público y a los del Régimen de Capitalización que perciban componente público, el haber mínimo establecido en el artículo 17 de la presente ley.'" "De admitirse un temperamento contrario, es decir, negar a unos lo que se concede a otros en idénticas condiciones, entrañaría convalidar o consentir situaciones de notoria desigualdad jurídica entre jubilados y pensionados pertenecientes al mismo Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), en clara violación de la garantía constitucional de igualdad ante la ley (art. 14, C.N) (CSJN, 'ETCHART, Fernando Martín c/ ANSES s/ amparos y sumarísimos', considerando 14°)." "Que, a pesar del declarado propósito de la ley 26.425 de asegurar a los beneficiarios del derogado régimen de capitalización idéntica cobertura y tratamiento que los deparados por el régimen previsional público al resto de los jubilados, la reglamentación de esa ley ha reproducido las pautas del ordenamiento jurídico anterior respecto de la participación estatal en los beneficios, que se encuentran superadas por la unificación dispuesta en el actual esquema normativo, lo cual ha provocado una desigualdad irrazonable entre los pasivos..."
- No constan votos en disidencia en la parte resolutiva; la Cámara resolvió por mayoría confirmar la sentencia de primera instancia.

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