VALES, RAMON ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
El actor demandó a ANSES por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Córdoba modificó la sentencia de grado: dejó sin efecto la aplicación del índice ISBIC y ordenó actualizar las remuneraciones según el método previsto en la ley 27.426, confirmando el resto de lo decidido y regulando costas a favor de la actora.
¿Quién es el actor?
Ramón Ángel Vales.
¿A quién se demanda?
A.N.Se.S. (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste/recalculo de haber previsional (reajuste de haberes) y cuestionamientos sobre retención del Impuesto a las Ganancias y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró parcialmente desierto el agravio de la demandada relativo al Impuesto a las Ganancias; modificó la sentencia de fecha 11/04/2023 dejando sin efecto la aplicación del índice ISBIC (fallos “Elliff” y “Blanco”) y ordenó actualizar las remuneraciones que sirven de base para el cálculo del haber inicial conforme al método previsto en la ley 27.426 y concordantes, atento a la fecha de obtención del beneficio; confirmó la sentencia en todo lo demás; e impuso las costas de la Alzada por su orden, regulando honorarios del letrado de la parte actora en el 30% de lo que se estime en la instancia de grado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
1) "Con respecto del mecanismo de actualización de las remuneraciones consideradas a los fines del recálculo de la P.C. y P.A.P. previsto en el art. 24 de la ley 24.241, toda vez que el actor adquirió el derecho al beneficio ya entrada en vigencia la ley 27.426 que introduce la modificación al art. 2° de la ley 26.417, debe estarse a los índices allí establecidos a los fines de actualizar las remuneraciones a considerar para el cálculo de la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia."
2) "Deviene inaplicable la doctrina del fallo 'Blanco' del Alto Tribunal en virtud del cual se dispuso la aplicación de la doctrina del caso 'Elliff', ya que con el dictado de la ley 27.426 el Congreso reasumió la potestad de fijar los indicadores que dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización, y los mismos no resultan irrazonables ni arbitrarios."
3) "Que, por tales motivos, corresponde modificar la sentencia impugnada y, en consecuencia, dejar sin efecto la aplicación del índice ISBIC establecido en el fallo 'Elliff' y 'Blanco' debiendo actualizar las remuneraciones que sirven de base para el cálculo del haber inicial en base al método indicado en la ley 27.426 y concordantes, atento a la fecha de obtención del beneficio."
4) "Con relación al agravio deducido respecto de la retención del Impuesto a las Ganancias conforme la Ley N° 20.628, cabe señalar que del pronunciamiento recurrido surge el señor Juez de grado nada dijo respecto a ello. En definitiva, a mérito de los argumentos expuestos corresponde declarar desierta dicha queja (conf. arts. 265 y 266 del CPCCN)."
5) "En virtud de lo expuesto y atento que la parte demandada resultó vencida en la instancia de grado, corresponde confirmar lo allí resuelto."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el acuerdo final consignado en la parte resolutiva.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: