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Legajo Nº 6 - IMPUTADO: RODRIGUEZ, HORACIO MAXIMILIANO s/LEGAJO DE CASACION

La defensa de Horacio Maximiliano Rodríguez impugnó la denegatoria judicial de libertad condicional. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso de casación y confirmó la decisión que negó la libertad condicional, por considerar adecuadamente motivada la valoración de los informes técnicos y la existencia de factores de riesgo aún activos.

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¿Quién es el actor?

La defensa de Horacio Maximiliano Rodríguez (recurrente en casación).
- Demandado/origen: Sentencia recurrida dictada por el Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 2 (Jueza Vilma Bisceglia).
- Objeto de la demanda: Recurso de casación contra la resolución que negó la libertad condicional y solicitó ampliar salidas transitorias en favor de Rodríguez (pena única de nueve años y seis meses; vencimiento 6/9/2028).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa; sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "El recurso interpuesto debe ser rechazado en tanto el impugnante no ha acreditado un supuesto de errónea interpretación y aplicación al caso de las normas que rigen el instituto, ni de arbitrariedad." "Tal decisión luce razonablemente fundada, pues no puede soslayarse que las autoridades del lugar de alojamiento donde Rodríguez cumple la condena propiciaron su incorporación al instituto, pero al concluir sus votos, expresaron, entre otras cuestiones, que 'se destaca que ha contado con escasos referentes identificatorios en la constitución de su psiquismo para la transmisión de normas socialmente compartidas … [Es] importante que la persona continúe con sus estudios universitarios de periodismo. Esta actividad es fundamental no solo para brindarle nuevas herramientas cognitivas y simbólicas sino también un futuro diferente a su pasado y que siga optimizando y capitalizando el tiempo de encierro con el fin de que le contribuya al sostenimiento de un proyecto vital al momento de su egreso' (de lo expuesto por el Área de Psicología)." "Todo ello fue adecuadamente valorado en la resolución para concluir que, en las condiciones actuales, no existe un pronóstico de resocialización favorable. En efecto, si bien se reconocieron ciertos avances, se entendió razonablemente que no resultan suficientes para afirmar que se encuentren dadas las condiciones para acceder el instituto, pues las autoridades intervinientes, más allá de la conclusión positiva, aportaron información que la colega analizó detenidamente y vinculó suficientemente a su postura, contraria al interés de la defensa."
- Disidencia/relevancia: Se deja constancia de que el juez Horacio Días no emitió voto por aplicación del art. 23, último párrafo, CPPN; no existe voto en disidencia de los magistrados que resolvieron, y la decisión fue acordada por mayoría (votos de Jantus y Grappasonno).

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