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AGUILAR ARRATIA, FREDDY CHARLES c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor impugnó resoluciones de la Comisión Médica que reconocieron 4% de incapacidad por el accidente in itinere del 12/11/2016 y nulidad de incapacidad por el siniestro del 14/03/2016. El Juzgado confirmó las resoluciones impugnadas y rechazó la apelación por renuencia del actor a la prueba pericial, imponiendo costas y regulando honorarios.

Costas Recurso de apelacion Pericia medica Incapacidad Regulacion de honorarios Accidente in itinere Confirmacion de resolucion Renuencia probatoria Comision medica n?10 Acta acuerdo 2669 cnat


¿Quién es el actor?

AGUILAR ARRATIA, Freddy Charles.

¿A quién se demanda?

FEDERACION PATRONAL ART S.A. (Servicio de Homologación de la Comisión Médica nº 10 de Capital Federal en sus resoluciones del 06/04/2018 y 16/05/2018).
- Objeto de la demanda: Impugnación de las resoluciones administrativas de la Comisión Médica que determinaron incapacidad del 4% por accidente in itinere del 12/11/2016 y la inexistencia de incapacidad por accidente del 14/03/2016; se interpuso recurso de apelación con expresión de agravios.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó la apelación interpuesta y se confirmó las Resoluciones dictadas el 6 de abril de 2018 y el 16 de mayo de 2018 por el Servicio de Homologación de la Comisión Médica nº 10 de Capital Federal; se impusieron las costas al recurrente y se regularon los honorarios en $500.000 (actora), $800.000 (demandada) y $500.000 (perito), más IVA cuando corresponda. Rige el procedimiento del Acta Acuerdo 2.669 de la CNAT del 16/5/2018.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo): "I.
- En autos se ordenó el sorteo de perito médico para que se expida en relación con las dolencias denunciadas por el accionante, quien citó a la actora a fs. 174 (foliatura digital) y luego le ordenó la realización de estudios médicos complementarios, los cuales se ordenaron realizar a través del Hospital Gral. De Agudos Carlos G. Durand el día 07/05/2026, circunstancia que fue respondida por la representación letrada manifestando que perdió contacto con su cliente, motivo por el cual se ordenó un oficio al RENAPER. Atento a su ulterior silencio, se resolvió tener a la parte actora por desistida de la prueba pericial médica propuesta y por renuente respecto de la ofrecida por la contraria a fs. 213 -foliatura digital-." "La renuencia de la impugnante determina la imposibilidad de establecer eventualmente el grado de incapacidad que resarce la norma, por lo que corresponde rechazar el recurso." "En consecuencia, la apelación interpuesta debe ser desestimada." "II.
- No encontrando mérito para apartarme del criterio general que, en materia de costas, establece el CPCCN, las mismas serán soportadas por la recurrente en su carácter de vencida." (Estas citas constituyen los fundamentos que respaldan la confirmación de las resoluciones y la imposición de costas y regulación de honorarios. No consta en el expediente voto en disidencia.)

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