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PECHE DAIANA SILVERIA C/ SIFRA PAMELA GISELLE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Accidente de tránsito con reclamo de daños y perjuicios y debate sobre la aplicación del artículo 730 del CCCN. La Cámara confirmó la resolución apelada que sostuvo la declaración de inconstitucionalidad del art. 730 del CCCN y rechazó el prorrateo, imponiendo costas a los accionados vencidos.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor) PECHE DAIANA SILVERIA.
- A quién se demanda (Demandado) SIFRA PAMELA GISELLE y la aseguradora GALENO SEGUROS S.A. (citada en garantía).
- Qué se reclama (Objeto de la demanda) Resarcimiento por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (integridad física-psíquica y daños en el vehículo) y discusión sobre la aplicación del art. 730 del Código Civil y Comercial (prorrateo de costas).
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal) La Cámara confirmó la resolución apelada de fecha 24-04-2026. Se confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 730 del CCCN en el caso concreto y se rechazó el pedido de prorrateo; costas de la Alzada a los accionados vencidos. Se difirió la regulación de honorarios para su oportunidad.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original): "Uno de los fundamentos que se mencionan en relación al art. 730 del CCCN es que apunta a reducir el costo de los procesos, pero en la práctica eso no ocurre, porque como esta redactada la norma, no reduce el costo de los procesos, sino que los redistribuye. Y en cabeza de quién pone parte del costo del proceso?, atento que el monto imputable al condenado en costas no debe exceder el 25%, lo hace sobre la víctima, que ha debido acudir a la justicia para reclamar por sus derechos y ha triunfado. En resumen, quien es gananciosa en el litigio, conforme la norma, debe soportar parte de las costas del mismo, honorarios de sus letrados y peritos, estos últimos imprescindibles para determinar los daños y sus porcentajes." "No surge del expediente que el ofrecimiento pericial haya sido excesivo e inadecuado o que la parte actora hubiese llevado a cabo alguna conducta procesal que, de un modo u otro hubiera conllevado algún incremento de los costos del proceso. Tampoco surge de la parte demandada o citada en garantía que hubiesen intentado algún proceder para evitar el pleito (ej.: ofrecimiento razonable en la etapa de mediación o durante el proceso)." "Como fue mencionado anteriormente, la norma al no reducir el costo del proceso, sino distribuirlo, no supera el test de razonabilidad... Pero el rasero del art. 730 del CCCN limitando de manera generalizada o abstracta la oponibilidad de la condena en costas, con las consecuencias que apareja en los casos concretos, el menos en mi concepción, no lo es. Por todo lo dicho, considero que la norma del art. 730 del CCCN, en casos como el presente, resulta inconstitucional por implicar una limitación irrazonable al derecho de propiedad y a la integridad psicofísica de la parte reclamante." Bloque dispositivo (transcripción): "RESUELVE: Confirmar la apelada resolución de fecha 24-04-2026. Costas de la Alzada a los accionados vencidos (art. 68 del CPCC). Se difiere la regulación de honorarios para su oportunidad.- REGISTRESE y NOTIFIQUESE (conf. Ac. 4013, SCBA)."

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