NOVAVICA SRL C/ CARICATO SEBASTIAN EZEQUIEL S(8)/ COBRO EJECUTIVO
La actora promovió ejecución y solicitó embargo de haberes percibidos por el ejecutado en la Policía Federal Argentina. La Cámara rechazó la apelación del Agente Fiscal y confirmó la declaración de inconstitucionalidad del decreto-ley 6754/43 (ley 13.984) en cuanto a la inembargabilidad absoluta de sueldos de empleados públicos y confirmó el embargo decretado, por considerarlo un privilegio anacrónico e irrazonable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: NOVAVICA SRL.
Demandado: SEBASTIAN EZEQUIEL CARICATO.
Objeto: Cobro ejecutivo y traba de embargo sobre los haberes que percibe el demandado en la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA (petición de embargo de sueldos).
Decisión: Por unanimidad, la Cámara rechazó la apelación interpuesta por el Agente Fiscal y confirmó la resolución de fecha 14/10/2025 que declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del decreto-ley 6754/43 ratificado por la ley 13.984 en cuanto impide embargar los sueldos de empleados públicos, y confirmó el embargo decretado sobre los haberes del demandado. Costas de Alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes, lenguaje original del tribunal):
"El decreto-ley 6754/43 sancionado 'a fin de que todos aquellos que carecen de otra garantía que no sea la sola remuneración del trabajo personal', no tengan que recurrir a prestamistas indeseables, y 'hasta tanto' pueda establecerse, sobre bases sólidas, un régimen definitivo de crédito a favor del empleado u obrero en general, fue dictado sólo 'a título de ensayo' ... Es decir, fue provisorio, a título de ensayo, y con el fin de que todos aquellos que carecen de otra garantía que no sea la sola remuneración de su trabajo personal no tuvieran que acudir a prestamistas indeseables; sólo que el ensayo duró ya 83 años."
"Porque como bien dijo el juez Toribio SOSA, en voto cuyo criterio suscribo, '...desde una perspectiva hermenéutica histórica, si la inembargabilidad del d.ley 6754/43 fue concebida provisoriamente en tanto "ensayo" y "a título de experiencia", en favor del empleado público, hoy no pasa de ser un privilegio injustificado.'"
"En estas condiciones, estaría también prohibido el embargo ejecutivo, que es el que se ordena ante la presunción de certeza emanada de la mera presentación de un título que reúne determinados requisitos legalmente establecidos ... De esta manera, el empleado público, por el sólo hecho de serlo y sin ninguna otra explicación que lo justifique, en una república democrática, tiene una suerte de inmunidad cautelar en todo tipo de proceso; incluido el ordinario, en el que sólo se admite el ejecutorio."
"Esta situación de privilegio anacrónico creado por el decreto ley 6754/43, en favor de una determinada categoría de deudores, sin justificación racional que lo explique, afecta el derecho de propiedad del acreedor, que no se ve resguardado ni cubierto por la posibilidad de perseguir otros bienes del deudor ... La inembargabilidad absoluta es entonces, en mi opinión, irrazonable."
FALLO (texto dispositvo):
"Por unanimidad: 1°) Se rechaza la apelación interpuesta; 2°) Se confirma la resolución recurrida en todo lo que ha sido materia de agravio; 3°) Costas de Alzada en el orden causado en razón de tratarse una cuestión jurídica sumamente controvertida en doctrina y jurisprudencia (art. 68 segundo párrafo, CPCC)."
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