S., R. C. POR LESIONES LEVES AGRAVADAS Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD EN CONCURSO REAL DE DELITOS
Recurso de apelación planteado por el procesado contra veredicto condenatorio por lesiones leves agravadas y resistencia a la autoridad. La Cámara rechazó el recurso y confirmó la resolución apelada, sosteniendo la pertinencia del veredicto y confirmando la decisión de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El procesado R. C. S., a través de su defensora Micaela Romero, interpuso recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada en primera instancia.
Demandado: Fiscal General Departamental Juan Pablo Fernandez actuó como parte acusadora en la alzada.
Objeto: Se impugna la sentencia dictada por la Jueza subrogante del Juzgado en lo Correccional Nro. 2, Maria Laura Pinto de Almeida Castro, que dictó veredicto condenatorio en la IPP 28.153/I por el hecho caratulado "S. R. C. por lesiones leves agravadas y resistencia a la autoridad en concurso real de delitos".
Decisión: La Cámara resolvió por unanimidad (mayoría) rechazar el recurso interpuesto y confirmar la resolución apelada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Seguidamente el Presidente declara abierto el acto, otorgándole la palabra a la defensa quién manifiesta remitirse a los agravios presentados por escrito, oralizando a continuación el Fiscal los fundamentos por los cuales solicita se rechace el recurso de apelación. Seguidamente, el Juez Juez Yesari comunica a las partes el orden de votación, el que será iniciado por quien lleva la palabra, resolviendo plantear y votar las siguientes CUESTIONES: ¿Es justo el resolutorio puesto en crisis? ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar? A continuación el Presidente -previo recabar la conformidad de la defensa de continuar el acto sin la presencia del procesado quien se retiró voluntariamente del mismo
- brinda las razones de su voto sobre las cuestiones, sufragando que corresponde confirmar la sentencia recurrida. A continuación el Juez Barbieri expresa que adhiere, por idénticos fundamentos-"
"Seguidamente el Presidente hace saber que la Alzada RESUELVE: Rechazar el recurso interpuesto y confirmar la resolución apelada (Arts. 421, 439, 440 y ccdtes. del C.P.P.). Seguidamente el Presidente notifica a la defensa y al Fiscal General, haciendo saber que a S. se le notificará la parte resolutiva quedando la defensa comprometida a ponerle la audiencia a disposición en caso de que así lo requiera."
Datos procesales y forma de la audiencia: "En la ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, a los ocho (8) días del mes de septiembre de dos mil veintiséis, siendo las 11:55 horas, en el marco de la IPP 28.153/I 'S. R. C. por lesiones leves agravadas y resistencia a la autoridad en concurso real de delitos' se efectúa reunión mediante Microsoft Teams por intermedio de la Secretaría de esta Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías -Sala I-, en la que participan el Presidente Christian Alberto Yesari y el Vicepresidente Gustavo Angel Barbieri, con el fin de celebrar la audiencia que fuera fijada en virtud del recurso de apelación interpuesto en favor del procesado R. C. S., contra la sentencia dictada por la Jueza subrogante del Juzga en lo Correccional nro. 2, Maria Laura Pinto de Almeida Castro, mediante la cual dictara veredicto condenatorio respecto del nombrado."
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