RUSSO ELSA HAYDEE C/ IOMA S/ AMPARO
La actora promovió amparo para obtener cobertura integral de internación domiciliaria las 24 horas por su cuadro crónico y discapacidad. La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar al amparo y ordenó al IOMA mantener la cobertura integral provista por Qualis Medical S.A., por falta de alternativas concretas y en atención al estándar reforzado de protección.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Elsa Haydée Russo, afiliada al IOMA, de 89 años, con Certificado Único de Discapacidad.
Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires (IOMA).
Objeto: cobertura integral y al 100% de la internación domiciliaria 24 horas con equipo multidisciplinario, medicación e insumos; continuidad de la prestación y sustitución de prestador tras la interrupción del servicio.
Decisión: Se confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la acción de amparo, tornó definitiva la tutela cautelar y ordenó al IOMA cubrir integralmente y al 100% los gastos de internación domiciliaria brindados por Qualis Medical S.A.; costas a la demandada; regulación de honorarios por 7 jus más incrementos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"El titular del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 16 de La Plata dictó la resolución de grado reseñada en el punto 1, mediante la cual hizo lugar a la acción de amparo entablada, tornó definitivo el alcance de la tutela cautelar y ordenó al IOMA cubrir integralmente y al 100% los gastos de internación domiciliaria brindados por 'Qualis Medical S.A.', e impuso las costas a la demandada en su condición de vencida (v. sentencia cit.)."
"En efecto, del análisis de la contestación de demanda se advierte que el Instituto opuso una defensa de carácter genérico, sustentada en la existencia de un listado de prestadores y en su potestad reglamentaria (v. contestación de demanda de fecha 21/03/2023), sin individualizar concretamente qué empresas de internación domiciliaria conveniadas podrían brindar a la afiliada una prestación equivalente en términos de calidad, idoneidad y disponibilidad."
"Estas circunstancias colocan a la amparista en una situación de interseccionalidad de vulnerabilidades -por su condición de persona con discapacidad y de adulta mayor de edad avanzada-, lo que impone la aplicación de un estándar reforzado de protección bajo el marco constitucional y convencional imperante (art. 75 incs. 22 y 23 de la Const. Nac.)."
"Por las consideraciones expuestas, el agravio planteado por la accionada no es de recibo."
- Votos y mayoría: Los tres integrantes de la Sala II (Dr. Gerónimo Arias, Dra. María Ventura Martínez y Dr. Pablo Muñoz) votaron por rechazar el recurso de apelación y confirmar la sentencia de grado; no hubo disidencia.
- Fechas y datos relevantes: Sentencia de grado: 21/10/2025; autorización de Qualis Medical S.A.: 29/05/2025; demanda promovida: 13/03/2023; regulación honorarios a favor de la letrada de la actora: 7 jus (más 10% e IVA si corresponde).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: