ALVAREZ STELLA MARIS C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
La actora reclamó el restablecimiento del método de cálculo de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008. La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad en su aplicación al caso y el reconocimiento retroactivo del haber según el régimen anterior, pero modificó la metodología de liquidación de las retroactividades fijando actualización a valores actuales, con intereses al 6% anual hasta sentencia y, luego, la tasa pasiva más alta del Banco Provincia a 30 días.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ALVAREZ STELLA MARIS, en su carácter de pensionada.
Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Objeto: Reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales; declaración de inconstitucionalidad de diversas disposiciones de la ley 15.008 —especialmente del artículo 41— y que la movilidad de sus haberes se calcule conforme al régimen previo a la sanción de la ley 15.008, con retroactividad a enero de 2018, intereses y ajuste por inflación.
Decisión: Por mayoría, la Cámara rechazó el recurso de apelación de la Caja y admitió parcialmente el de la actora. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 en su aplicación al caso y el reconocimiento del derecho de la actora a que su haber previsional se liquide conforme al método anterior, con devolución de las diferencias. Modificó la sentencia de grado únicamente en la metodología de cálculo de las retroactividades: ordenó que se calculen a valores actuales, adicionando intereses desde cada devengamiento hasta la sentencia al 6% anual y, de ahí en adelante, conforme la tasa pasiva más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones a treinta días. Imponiendo costas en un 80% a la demandada y 20% en el orden causado. Se difiere la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
- "La jueza a quo dictó sentencia y resolvió hacer lugar parcialmente a la pretensión ... declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 en su aplicación concreta al caso, y, consecuentemente, reconocer el derecho de la parte actora ... a que sus haberes previsionales se liquiden retrotrayendo al método de cálculo vigente con anterioridad a la sanción de la ley 15.008..."
- Sobre la configuración normativa y precedente: "la Suprema Corte de Justicia se ha expedido en la causa I.75.111 'Macchi'... señalando que dicha norma 'prima facie analizada, se muestra contraria a uno de los pilares básicos que sustentan el sistema previsional provincial, cual es la necesaria proporción que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad, atendiendo a la naturaleza sustitutiva que cabe reconocer al primero respecto del segundo'."
- Sobre la técnica legislativa criticada: "ese diseño legislativo con reenvío al fin y al cabo genérico, indeterminado y maleable por un poder ajeno a la Provincia, no encuentra en principio justificación plausible en un ámbito que compromete derechos fundamentales preferentes y en el que, por implicancia, es menester priorizar la previsibilidad, la seguridad jurídica y la no regresividad."
- Respecto de la tasa e interés de las retroactividades: "debe admitirse el agravio de la parte actora, revocar parcialmente el decisorio apelado y ordenar que las retroactividades sean calculadas a valores actuales, adicionando los intereses computados desde cada devengamiento y hasta el dictado de la sentencia en el 6% anual, y de allí en adelante, conforme la tasa pasiva más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones a treinta días..."
- Disposición dispositiva final: "se rechaza el recurso de apelación articulado por la parte demandada y se admite parcialmente el de la actora, modificando el decisorio de grado únicamente en cuanto a la metodología de cálculo... ordenando que las retroactividades sean calculadas a valores actuales, adicionando los intereses computados desde cada devengamiento y hasta el dictado de la sentencia en el 6% anual y, de allí en adelante, conforme la tasa pasiva más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones a treinta días... imponiendo, por mayoría, las costas de la instancia en un 80% a la demandada vencida y en un 20 % en el orden causado."
- Votos: Voto del Dra. Milanta (preopinante) que propone rechazo del recurso de la demandada y parcial admisión del de la actora con la modificación indicada; adhesión del Dr. Spacarotel; adhesión del Dr. De Santis. Decisión por unanimidad de la Sala en cuanto al resultado adoptado (rechazo del recurso de la Caja y admisión parcial del de la actora con la modificación de la metodología de cálculo).
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