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MILANO ABEL ANGEL C/ ARTIA NATALIA ELIZABETH Y OTROS S/DESALOJO FALTA DE PAGO

El actor promovió acción de desalojo por falta de pago contra Artia Natalia Elizabeth y otros. La Cámara declaró desierto el recurso de apelación por no haber sido expresados los agravios conforme al art. 254 del C.P.C.C., y ordenó la devolución al juzgado de origen.

Recurso de apelacion Desierto del recurso Plazo para expresar agravios Desalojo por falta de pago Art. 254 c.p.c.c. Notificacion 02/06/2026 Devuelvase al juzgado de origen Camara primera de lomas de zamora sala iii Auto 29/05/2026 Concesion de recurso 07/10/2025

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MILANO ABEL ANGEL. Demandado: ARTIA NATALIA ELIZABETH y otros. Objeto: Desalojo por falta de pago. Decisión: Se declaró desierto el recurso de apelación interpuesto con fecha 26/09/2025 y concedido el 07/10/2025 por no haber expresado agravios conforme al art. 254 del C.P.C.C.; se ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo, lenguaje original): "Que por auto de fecha 29/05/2026 fue puesto el expediente en Secretaría, a fin de que el apelante de fecha 26/09/2025 expresara agravios, de conformidad con lo dispuesto por el art. 254 del Código Procesal y, pese a encontrarse debidamente notificado (ver constancia de notificación de fecha 02/06/2026), la parte interesada no dio debido cumplimiento a ello. Consecuentemente, estimo debe declararse desierto el recurso. VOTO POR LA NEGATIVA." "Que en el Acuerdo celebrado quedó establecido que el apelante de fecha 26/09/2025 no ha expresado agravios como lo dispone el art. 254 del C.P.C.C.. POR ELLO: Declárase desierto el recurso de apelación interpuesto con fecha 26/09/2025 y concedido con fecha 07/10/2025. Regístrese. Devuélvase sin más trámite al juzgado de origen, dejando constancia de que, para el caso de ser necesaria la elevación de las actuaciones frente a alguna presentación de las partes, las mismas serán requeridas por este Tribunal."
- Votos y mayoría: Ambos vocales (Dr. Sergio Hernán Altieri y Dra. Rosa María Caram) votaron en igual sentido por declarar desierto el recurso por falta de expresión de agravios, por lo que la decisión adoptada en el bloque dispositivo es unánime.

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