MIÑO OSVALDO ENRIQUE C/ JOHANNA AMALIA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor reclamó indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 06/12/2015. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar y condenado por $14.930.000, rechazando la demanda por falta de prueba suficiente sobre la mecánica del hecho y el nexo causal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Osvaldo Enrique Miño.
Demandado: Demetrio César González; Johanna Amalia Aldana; Caja de Seguros S.A. (citada en garantía).
Objeto: Indemnización de daños y perjuicios por accidente de tránsito; primera instancia condenó a pagar $14.930.000 más intereses y costas.
Decisión: Por unanimidad la Cámara rechazó la demanda y revocó la sentencia de primera instancia; dejó sin efecto la imposición de costas de primera instancia, las que se imponen al actor vencido, y difirió regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo, lenguaje original del tribunal):
"De las constancias de autos, nada surge en punto a la mecánica del hecho que afirme los dichos del accionante como así también del supuesto testigo presencial, el perito no puede expedirse sobre el particular. Es así entonces que el accionante ha incumplido la carga que sobre él pesaba en los términos de artículo 375 CPCC. No aportó en definitiva prueba para acreditar con exactitud la mecánica del hecho para que el mismo pueda ser imputado al demandado."
"Se impone entonces acoger los agravios de la parte citada en garantía y en su consecuencia, revocar la sentencia apelada rechazando la demanda, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1721, 1722,1726, 1727, 1736, 1737, 1744 CCCN."
"Por unanimidad se rechaza la demanda promovida por Osvaldo Enrique Miño contra Demetrio César González, Johanna Amalia Aldana y Caja de Seguros S.A. por indemnización de daños y perjuicios. Se deja sin efecto la imposición de costas de Primera Instancia, las que se imponen al actor vencido, al igual que las de esta Instancia, difiriendo las regulaciones de honorarios para su oportunidad."
- Votación y mayoría: La Sala I votó por unanimidad (dos votos) por la negativa a confirmar la sentencia apelada; ambos jueces (Ludueña y Quadri) coincidieron en revocar la sentencia de primera instancia.
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