Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GARCIA DE MARCO MAXIMILIANO S/ APREMIO PROVINCIAL(310)

Ejecución fiscal por apremio provincial para cobro de $1.209.418,50. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución, incluyendo trance y remate, con aplicación de intereses desde la interposición de la demanda y costas a la parte demandada por su carácter de vencida.

Ejecucion fiscal Costas y honorarios Apremio provincial Trance y remate Ley 13.406 155 Perdida de excepciones 68 556 Intereses art. 104 codigo fiscal Domicilio procesal constituido C.p.c.c. arts. 116 La regulacion de honorarios fue diferida. Monto $1.209.418 50 observacion: la decision de primera instancia ordena la prosecucion de la ejecucion y contiene la imposicion de costas a la parte demandada

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: GARCIA DE MARCO MAXIMILIANO. Objeto: Pago del capital reclamado por apremio provincial por Pesos UN MILLON DOSCIENTOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO CON 50/100 ($1.209.418,50), con aplicación de intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (08/05/2026) hasta su efectivo pago; se ordena trance y remate. Decisión: Se hizo lugar a lo pedido por la actora, mandándose llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado efectúe el pago íntegro del capital reclamado, con aplicación de intereses legales, se impusieron las costas al demandado y se tuvo por constituido su domicilio procesal en los estrados del Juzgado. Se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos relevantes): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406)." "FALLO: 1) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto GARCIA DE MARCO MAXIMILIANO, haga a la actora, íntegro pago del capital reclamado de Pesos UN MILLON DOSCIENTOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO CON 50/100 ($1.209.418,50), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11), desde la interposición de la demanda (08/05/2026) y hasta su efectivo pago." "2) Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406), difiriendo la regulación de honorarios." "3) Tiénese por constituído en los estrados del Juzgado el domicilio procesal de la parte demandada (arts. 7, 13 última parte de la Ley 13.406; y 41 del C.P.C.C.)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar