FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ARCIDIACONO FEDERICO GABRIEL Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió apremio provincial por deuda fiscal por títulos ejecutivos Nros. 1503556 y 1503563. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y mandó trance y remate hasta hacer efectivo el pago de $1.395.594,90 más intereses, gastos y costas, disponiendo constitución de domicilio en los estrados y diferimiento de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor:
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado:
Arcidiacono, Federico Gabriel y Arcidiacono, Gonzalo Sebastián.
Objeto:
Ejecución por capital reclamada conforme Títulos Ejecutivos Nros. 1503556 y 1503563 por la suma de pesos UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 90/100 ($1.395.594,90), más intereses previstos por el Código Fiscal hasta la fecha de su efectivo pago, gastos y costas de la ejecución.
Decisión:
Se hace lugar al trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto los ejecutados hagan íntegro pago del capital reclamado más intereses, gastos y costas; se difiere la regulación de honorarios; se tiene por constituido el domicilio de las partes en los estrados del Juzgado; y se ordena notificar y registrar las actuaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal):
"Por recibido los mandamientos adjuntados en formato pdf.
No habiendo las partes demandadas opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se les da por perdido el derecho que han dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC).
Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC.,"
"FALLO:
Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto las partes ejecutadas ARCIDIACONO, FEDERICO GABRIEL (DNI N° 37.769.781) y ARCIDIACONO, GONZALO SEBASTIAN (DNI N° 34.344.039) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 90/100 ($1.395.594,90), -conforme Títulos Ejecutivos Nros. 1503556 y 1503563-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)."
"Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967.
Se tiene por constituído el domicilio de las partes ejecutadas en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC).
Se deja constancia que las diligencia de intimación de pago se han efectuado ambas en el domicilio de la calle O HIGGINS N° 645 de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92).
REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la parte demandada en los términos previstos por el art. 41 del CPCC (art. 11 inc. a, del Ac. 4039 de la SCBA)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: