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CEAMSE C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - OTROS JUICIO

CEAMSE reclamó $148.070.756,37 por prestaciones contratadas a terceros y la restitución de una póliza de caución. El Tribunal rechazó íntegramente el cobro de los $148.070.756,37 por entender que no quedó acreditado el encuadre contractual ni la necesidad y medida de las prestaciones; en cambio, acogió la pretensión de restitución de la póliza de caución N° 55696 y ordenó su devolución en 60 días.

Ceamse Costas. Legitimidad del credito Municipalidad de general pueyrredon 37 Proceso: juicio de restablecimiento o reconocimiento de derechos (contencioso administrativo) Materia: contratos administrativos / convenios especificos Conceptos juridicos: enriquecimiento sin causa (actio in rem verso) Necesidad y medida de la prestacion Restitucion de caucion Derechos involucrados: derecho patrimonial / garantias contractuales Otros: poliza de caucion n? 55696 Monto $148.070.756

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad de Estado (CEAMSE). Demandado: Municipalidad de General Pueyrredón. Objeto: (a) el pago de $148.070.756,37 por tareas, trabajos y provisión de elementos y personal contratados por CEAMSE a terceros en relación con el Convenio Específico N°1; (b) la restitución de la póliza de caución N° 55696 contratada con Provincia Seguros S.A. Decisión: Se rechazó íntegramente la pretensión de cobro de $148.070.756,37; se condenó al municipio a devolver la póliza de caución N° 55696 en el plazo de 60 días; se difirió la regulación de honorarios hasta la firmeza del decisorio. Costas a la actora por la pretensión de cobro; costas a la demandada por la pretensión de restitución de la póliza.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original del tribunal): "1°) Rechazar íntegramente la demanda promovida por Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad de Estado (CUIT 30-577207719-0) en contra de la Municipalidad de General Pueyrredón en cuanto procuraba el reconocimiento de su derecho al cobro de la suma de $ 148.070.756,37 con sustento en prestaciones contratadas a terceros; con costas a la actora." "II. Que, resta tratar la pretensión que la actora planteó al ampliar su demanda con el propósito de que su contraria devuelva la póliza que porta el seguro de caución constituido por CEAMSE para garantizar el debido cumplimiento de las prestaciones a su cargo... Comprobada la existencia y vigencia de la póliza en cuestión (N° 55696) mediante la prueba de informes rendida por Provincia Seguros... está acreditado que el objeto del seguro no sólo contempla como riesgo asegurado a la construcción del Sector C del Módulo, sino también otros menos específicos que se vinculan con la operación del predio... Siendo ello así, carece de razón la retención de la póliza de caución ante dicha y procede la pretensión tendiente a condenar a su restitución."
- Razonamiento esencial: El Tribunal consideró que la actora no acreditó con la precisión necesaria el encuadre contractual de las prestaciones reclamadas ni la necesidad y medida de los gastos para configurar una acción in rem verso o enriquecimiento sin causa. Se señaló asimismo la existencia de ítems específicos en los Convenios (específicamente ítem “recuperadores en el predio” en el Convenio Específico N°2) y la prueba administrativa previa que justificó la negativa municipal. En cambio, respecto de la póliza de caución, la documentación acreditó su existencia y cobertura también sobre riesgos vinculados a la operación del predio, por lo que no se justificó su retención.

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