BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ARIAS YESICA JIMENA S/ COBRO EJECUTIVO
Ejecución de pago por préstamo contra la demandada por $3.625.804,74. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó continuarla hasta el pago del capital reclamado más los intereses pactados (TEAV 133,78% y moratorios/punitorios sujetos a tope relativo) e impuso las costas a la ejecutada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por la Dra. Mariela Tesler.
Demandado: Yésica Jimena Arias.
Objeto: Cobro ejecutivo por capital adeudado proveniente de un mutuo por la suma reclamada de $3.625.804,74 (préstamo otorgado por $3.645.000 celebrado el 11/12/2024, pago en 48 cuotas; primera vencida 31/01/2025).
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenando llevarla adelante hasta que la demandada abone íntegramente el capital reclamado y los intereses compensatorios, moratorios y punitorios en los términos del contrato y con los límites fijados en el fallo; se impusieron las costas a la ejecutada; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio procesal y electrónico; se dispuso la no práctica de liquidación hasta depósito de fondos y se ordenó registro y notificaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"I) Que con la presentación de fecha 9 de abril de 2026 se presenta la Dra. Mariela Tesler, en carácter de apoderada del Banco de la Provincia de Buenos Aires e inicia la presente ejecución por la suma $3.625.804,74 contra Yésica Jimena Arias. Manifiesta que la nombrada solicitó un préstamo por la suma de $3.645.000 del contrato en cuestión surge que se celebró el 11 de diciembre de 2024, que la deudora se obligaba a devolver la suma prestada en 48 cuotas mensuales y consecutivas, la primera de ellas venció el día 31 de enero de 2025."
"II) Que conforme lo dispuesto por los arts.52 y 36 de la Ley 24.240, 27 de la Ley 13.133 y 29 inc.4 de la Ley 14.442 se otorgó vista al Ministerio Público Fiscal, quien asume intervención y presenta dictamen ... manifestando que con la documentación adunada al expediente y a su criterio, se encuentran cumplidos los requisitos exigidos por el art.36 de la Ley de Defensa del Consumidor, consintiendo la decisión de aplicar a las presentes las disposiciones normativas protectorias que contiene el Estatuto del Consumidor ..."
"III) Que se encuentra la ejecutada legalmente intimada de pago ... y no ha comparecido a oponer excepciones legítimas admisibles dentro del término legal que tenia para hacerlo y que se encuentra vencido, correspondiendo darle por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts.116, 150, 155, CPCC.)."
"IV) Que en relación a los intereses a aplicar, ... cabe admitir los intereses compensatorios pactados en la cláusula tercera del contrato de mutuo (TEAV 133.78%), los moratorios y punitorios pactados en la cláusula onceaba del mismo ... en la medida que, ya sea de manera individual o de la sumatoria de ellos no se supere en el equivalente a una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento a treinta días en mora en los distintos períodos (tasa activa) vigentes en el mismo lapso."
Fallo (bloque dispositivo final): "1) Mando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada Yésica Jimena Arias haga al acreedor Banco de la Provincia de Buenos Aires íntegro pago del capital reclamado de Pesos Tres Millones Seiscientos Veinticinco Mil Ochocientos Cuatro con 74/100 ($3.625.804,74) con más los compensatorios en la cláusula tercera del contrato de mutuo (TEAV 133.78%), los moratorios y punitorios pactados ... en la medida que ... no se supere en el equivalente a una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Nación Argentina ... Los intereses compensatorios comienzan a calcularse a partir del 1 de diciembre de 2024 hasta la mora acaecida el 31 de enero de 2025, donde comenzarán a correr los moratorios y punitorios hasta el efectivo pago (arts.10, 12, 279 y concs. del CCCN) 2) Impongo las costas del juicio a la ejecutada. 3) Difiero la regulación de honorarios ... 4) Hago efectivo el apercibimiento contenido en el art.41 del CPCC, y tengo a la ejecutada por constituido su domicilio procesal y electrónico en los estrados del Juzgado. 5) Hago saber a las partes que no deberán practicar liquidación hasta tanto haya fondos depositados en autos. ... 6) Mando a REGISTRAR."
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