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STORTINI SILVINA FERNANDA Y OTROS C/D´AGOSTINO, ADRIAN BERNARDO Y OT. S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Incidente de aclaratoria para corregir error material en el decisorio sobre la identificación del demandado. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria: donde constaba D´AGISTINO ADRIAN BERNARDO deberá leerse D'AGOSTINO ADRIAN BERNARDO, registrando la corrección y ordenando notificaciones.

Aclaratoria Apelacion Error material Notificacion Primera instancia Registro de sentencias Correccion de identidad Danos y perjuicios automotor Cpcc arts. 36 y 166 Providencia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: STORTINI SILVINA FERNANDA y otros. Demandado: D'AGOSTINO, ADRIAN BERNARDO y otros. Objeto: Daños y perjuicios automotores con lesión o muerte (acción colectiva/excepción de estado indicada en el carátula). Decisión: El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria por error involuntario en el fallo de fecha 16/6/26, corrigiendo el apellido del demandado en el decisorio y ordenando su registro y notificaciones; además tuvo por notificado al demandado D'Agostino de la apelación interpuesta por su apoderado, dejando sin efecto la cédula ordenada en la providencia del 18/8/26.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del proveído): "Advirtiendo en este acto que debido a un error involuntario se consignó en el fallo de fecha 16/6/26 'D´AGISTINO ADRIAN BERNARDO' corresponde en virtud de las facultades otorgadas por los arts. 36 inc. 3° y 166 inc. 1° del CPCC, aclarar el decisorio aludido en el sentido que donde se lee 'D´AGISTINO ADRIAN BERNARDO' deberá leerse 'D'AGOSTINO ADRIAN BERNARDO'. REGÍSTRESE con relación al Registro de Sentencias Definitivas n° 299/2026. NOTIFIQUESE EL PRESENTE DE MANERA AUTOMATICA Y DIRECTA POR SECRETARIA A LOS DOMICILIOS CONSTITUIDOS ELECTRONICOS DE LOS INTERESADOS QUE A CONTINUACION SE INDICAN: 20103554609@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR 20249660796@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR Firme la presente providencia se considerará la elevación solicitada." "Por otra parte, siendo exacto lo expuesto siendo que el demandado D'Agostino interviene en autos a través de su letrado apoderado quien ha interpuesto apelación contra la sentencia recaída en autos, tiénese al mismo por notificado de dicha resolución dejando sin efecto la cédula ordenada en la providencia del 18/8/26."

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