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AGUIRRE MAURICIO DYLAN Y OTRO/A C/ SANCHEZ ALFREDO OSCAR Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Reclamo por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra conductor y aseguradora. El Tribunal hace lugar parcialmente a la demanda y condena a los demandados —con posibilidad de ejecución contra la aseguradora en la medida de la póliza actualizada— por $34.339.924,36 para Aguirre y $3.200.000 para Lazarte, con costas.

Accidente de transito Danos y perjuicios Pericia mecanica Teoria del riesgo creado Responsabilidad por cosas 72% Actualizacion limite de cobertura Incapacidad permanente 18 Cuantificacion por formula polinomica (art.1746 ccc) Aseguradora ejecutable.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: AGUIRRE MAURICIO DYLAN y LAZARTE NAYLA ANAHÍ. Demandado: SÁNCHEZ ALFREDO OSCAR (conductor del Chevrolet Corsa dominio MHM738) y SÁNCHEZ CHRISTIAN DAMIÁN; cita en garantía a SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial ocurrido el 21/03/2024; pretensión total inicial $10.990.000 (ó lo que resulte de probanzas). Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda. Condena concurrente a los demandados al pago de $34.339.924,36 a favor de Aguirre y $3.200.000 a favor de Lazarte, con intereses desde el 21/03/2024 y posibilidad de ejecutar contra la aseguradora actualizada al momento del pago. Costas a cargo de la parte demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como están en el fallo): "En tal sentido, el experto concluyó que '...al arribar al cruce con la calle Uriarte el demandado genera una maniobra de giro a la derecha e impacta con su frente (guardabarros delantero derecho) el lateral izquierdo del vehículo del actor', determinando asimismo el carácter de 'embistente: demandado' y 'embestido: actor'." "Por el contrario, la localización y características de los daños y, fundamentalmente, las conclusiones de la pericia mecánica permiten tener por acreditado que fue el vehículo conducido por el demandado el que, al realizar la maniobra de giro hacia la derecha, impacta con su sector delantero derecho el lateral izquierdo de la motocicleta de los actores." "En consecuencia, no encuentro acreditada la eximente fundada en el hecho de la víctima invocada por la citada en garantía, por lo que corresponde atribuir al demandado la responsabilidad por las consecuencias derivadas del accidente." Sobre la cuantificación del daño y montos: "Por lo tanto, y conforme el resultado que arroja dicho cálculo (se adjunta PDF), estimo prudente, razonable y equitativo establecer este parcial en la suma de pesos VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO CON 36/100 ($28.439.924,36) a favor del accionante Mauricio Dylan Aguirre." (luego suma otros rubros y fija el total): "En síntesis, conforme los argumentos expuestos... la demanda prospera a valores actualmente vigentes (art. 7 Ley 23.928 t.o. ley 25.561), por la suma de pesos TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO CON 36/100. ($ 34.339.924,36.) a favor del accionante Aguirre Mauricio Dylan y por la suma de pesos TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 3.200.000.-) a favor de la accionante Lazarte Nayla Anahí..." Dispositivo final: "1ro. Haciendo lugar parcialmente a la demanda... 2do. Declarar que la condena podrá ejecutarse contra la citada en garantía SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA... 3ro. Imponer las costas del juicio a la parte demandada..."

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