BENITEZ, EMILIANA GABRIELA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora apeló la confirmación del dictamen médico de la Comisión Médica que concluyó ausencia de incapacidad por la contingencia del 22/4/25. La Cámara ordenó el sorteo de perito médico legista, remitió las actuaciones a la instancia de grado para la producción de la pericia y diferió el pronunciamiento sobre costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
Benitez Emiliana Gabriela.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión del pronunciamiento administrativo (Comisión Médica nº10) que declaró desierto el recurso administrativo y confirmó un dictamen que no reconoció incapacidad derivada de la contingencia denunciada el 22/4/25; la actora cuestionó la conclusión y solicitó valoración pericial que determine etiología y eventual incapacidad (física y psicológica).
¿Qué se resolvió?
La Cámara ordenó el sorteo de un perito médico legista, que deberá expedirse sobre la etiología y la eventual incapacidad derivada de las patologías que pudiera presentar la actora en función de la denuncia, respondiendo los puntos de pericia propuestos por ambas partes; dispuso remitir las actuaciones a la instancia de grado para que se practique la pericia y, posteriormente, se dicte sentencia; diferir el pronunciamiento sobre costas y honorarios y proceder a registrar y notificar la decisión (art. 1º Ley 26.856 y Acord. CSJN 15/2013).
- Fundamentos principales (textos literales relevantes tomados del fallo):
"En atención a los argumentos expuestos en la presentación recursiva considero que cabe hacer en uso de las facultades otorgadas al suscripto por el art. 122 de la ley 18.345 y disponer la designación de un perito médico legista, quien previa aceptación del cargo en esta instancia, deberá expedirse respecto de la etiología y eventual incapacidad (pericia física y psicológica) derivada de las patologías que pudiera presentar el actor en función de la denuncia objeto de reclamo, respondiendo los puntos de pericia propuestos por ambas partes en el expediente administrativo incorporado a las presentes actuaciones, bajo apercibimiento de remoción y pérdida de derecho a percibir honorarios." (voto Dr. Perugini)
"Por lo expuesto, voto por: 1) Ordenar el sorteo de perito médico legista...; 2) Disponer la remisión de las actuaciones a la instancia de grado a fin de que se proceda al sorteo, sustanciación y producción de la medida pericial ordenada, para luego proceder al dictado de la sentencia; 3) Diferir el pronunciamiento de costas y honorarios para la etapa procesal oportuna; 4) Regístrese y notifíquese (conf. art. 1º Ley 26.856 y Acord. CSJN 15/2013), y firme la decisión, cúmplase con lo aquí ordenado." (voto adoptado por la Cámara)
Voto de adhesión: "Por compartir sus fundamentos adhiero al voto que antecede." (Dra. Diana R. Cañal)
- Disidencias: No consta disidencia; la decisión fue acordada por mayoría y documento final reproduce el acuerdo adoptado.
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