MENDOZA CORONEL, ADRIANA CAROLINA c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Recurso de ley 27.348 contra dictamen de Comisión Médica por incapacidad. La Cámara ordenó el sorteo de perito médico legista y remitió las actuaciones a la instancia de grado para la sustanciación y producción de la pericia, difiriendo costas y honorarios para etapa procesal oportuna.
¿Quién es el actor?
Mendoza Coronel Adriana Carolina.
¿A quién se demanda?
Federación Patronal ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso conforme Ley 27.348 contra pronunciamiento que declaró desierto el recurso ante la Comisión Médica nº 10 y confirmó el dictamen médico que concluyó ausencia de incapacidad por la contingencia denunciada (fecha denunciada: 25/7/25).
¿Qué se resolvió?
La Cámara ordenó el sorteo de un perito médico legista —quien, previa aceptación, deberá expedirse sobre la etiología y eventual incapacidad derivada de las patologías que pudiera presentar el actor en función de la denuncia—, dispuso la remisión de las actuaciones a la instancia de grado para que proceda al sorteo, sustanciación y producción de la pericia ordenada y diferir el pronunciamiento de costas y honorarios para la etapa procesal oportuna.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Arriban las presentes actuaciones a esta Alzada, con motivo de la apelación interpuesta por la parte actora en fecha 4/5/26, contra el pronunciamiento dictado en la instancia anterior que declaró desierto el recurso deducido ante la Comisión Médica nº 10, y a consecuencia de ello confirmó el dictamen médico allí emitido que, en lo que aquí interesa, concluyó que no presenta incapacidad de acuerdo con el Baremo de la LRT como consecuencia de las contingencia de fecha 25/7/25 denunciada..."
"En dicho contexto, en atención a los argumentos expuestos en la presentación recursiva considero que cabe hacer en uso de las facultades otorgadas al suscripto por el art. 122 de la ley 18.345 y disponer la designación de un perito médico legista, quien previa aceptación del cargo en esta instancia, deberá expedirse respecto de la etiología y eventual incapacidad (pericia física y psicológica) derivada de las patologías que pudiera presentar el actor en función de la denuncia objeto de reclamo, respondiendo los puntos de pericia propuestos por ambas partes en el expediente administrativo incorporado a las presentes actuaciones, bajo apercibimiento de remoción y pérdida de derecho a percibir honorarios."
"Por lo expuesto, voto por: 1) Ordenar el sorteo de perito médico legista... 2) Disponer la remisión de las actuaciones a la instancia de grado a fin de que se proceda al sorteo, sustanciación y producción de la medida pericial ordenada, para luego proceder al dictado de la sentencia; 3) Diferir el pronunciamiento de costas y honorarios para la etapa procesal oportuna..."
- Voto y adhesión: El Dr. Alejandro H. Perugini expone los fundamentos arriba citados y propone la medida; la Dra. Diana R. Cañal "por compartir sus fundamentos adhiero al voto que antecede". No existe disidencia.
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