DI GULIO HECTOR DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo previsional por reajustes y redeterminación de haber inicial y movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al de ANSeS y confirmó la sentencia en lo demás, disponiendo reglas sobre costas y honorarios conforme al art. 36 ley 27.423 y arts. 68 CPCCN.
¿Quién es el actor?
DI GULIO HECTOR DANIEL (parte actora).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; redeterminación del haber inicial, movilidad posterior y reclamos relativos a la Prestación Básica Universal (PBU), índices de actualización de remuneraciones, topes de haberes, retención del impuesto a las ganancias, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal rechazó el recurso deducido por la parte actora y hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada; confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado según lo indicado (imposición de costas al vencido conforme art. 68 CPCCN si surgen sumas a favor del actor; en caso contrario, orden causado conforme art. 36 ley 27.423), confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios, fijó costas por orden en la Alzada y determinó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior. Protocolización, notificación y remisión conforme a lo dispuesto.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
1) "Por lo expuesto, teniendo en cuenta la finalidad descripta, condicionar su ajuste a la modificación de las otras variables que integran el haber previsional, sin tener presente lo referente a los suplementos, generaría una distorsión y colisión con el principio de igualdad consagrado en el art. 16 de la C.N., por cuanto por ello, independientemente del monto que resulte de la modificación de la PC y/o PAP, aun cuando su resultado fuera insignificante, de acuerdo a todo lo señalado, habilitaría a revisar el valor de la PBU, por el perjuicio del colectivo de beneficiarios... En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de esta Sala 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."
2) "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
3) "Que por ello el Tribunal RESUELVE: 1) rechazar el recurso deducido por la parte actora y hacer lugar parcialmente al de la demandada y, por ello, a) confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado... 2) confirmar la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios... y 5) determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior..."
- Disidencias: Se deja constancia que la Dra. Dorado no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art. 109 RJN); no consta voto en disidencia material en la parte resolutiva.
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