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RODIL JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Rodil Jorge reclamó reajustes de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente al reclamo respecto de los topes, ordenó a la ANSeS recalcular y pagar las modificaciones y retroactivos con intereses, difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para ejecución y rechazó el pedido de suplementos extraordinarios.

Intereses Ejecucion de sentencia Prescripcion Inconstitucionalidad Haberes Anses Reajuste previsional Ley 24.241 Tope haberes Resol. sss 6/09 art.14.2

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Rodil Jorge. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; declaración de inconstitucionalidad de normas relativas a topes y reglas de cálculo; pago de diferencias y suplementos extraordinarios. Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda en lo relativo a los topes tratados; se ordenó a ANSeS, dentro de 120 días desde que exista sentencia firme, proceder conforme lo dispuesto; los haberes modificados deberán abonarse en ese plazo; el cómputo de retroactivos deberá incluir intereses fijados y respetar la prescripción según el fallo; se difiere el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la pretensión de que se abonen los suplementos extraordinarios; costas a cargo de ANSeS; regulación de honorarios conforme art.1255 CCyCN en 15% del crédito.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "11. En relación a las inconstitucionalidades planteadas: a) Con respecto a la declaración de inconstitucionalidad del tope dispuesto por los arts. 9 y 25 de la ley 24.241, corresponde expresar que las remuneraciones efectivamente percibidas por el trabajador no sufrieron descuentos en concepto de aportes ni contribuciones por las sumas que superaban el haber máximo imponible. Asimismo, la parte actora no acreditó que, ha dicho momento, hubiese manifestado su disconformidad al respecto, ni que hubiese ejercido las opciones que le hubieran permitido alcanzar una tasa de sustitución aceptable... Por las razones expuestas, no corresponde hacer lugar a la declaración de inconstitucionalidad solicitada." 2) "Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo “Actis Caporale”, sentencia dictada por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación el 19/8/1989)." 3) "Ahora bien, el artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios entendida en los términos definidos en el apartado 1'. Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
- Disidencias: no se registran votos discrepantes en el texto, se trata de sentencia unipersonal dictada por el Juez Federal German P. Zenobi.

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