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ROLDAN CARMEN GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Demanda contra ANSeS por reajuste de haberes previsionales y cuestionamiento de topes legales. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°9 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a ANSeS recalcular y abonar ajustes conforme las pautas indicadas, diferir el tratamiento de la Ley 27.609 para ejecución y rechazó el pago de suplementos extraordinarios.

Intereses Ejecucion de sentencia Prescripcion Inconstitucionalidad Anses Reajustes Pbu Tope de haber Ley 27.609 Ley 24.241


¿Quién es el actor?

Roldan Carmen Graciela.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales otorgados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; impugnación de la constitucionalidad de normas relacionadas con topes y pautas de cálculo; solicitud de pago de diferencias y suplementos extraordinarios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes tratados y se ordenó a ANSeS, dentro de los 120 días desde que exista sentencia firme, proceder según las pautas del decisorio; los haberes modificados deberán abonarse en dicho plazo; el cómputo de acreencias retroactivas deberá contemplar intereses y prescripción; se difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la pretensión relativa a suplementos extraordinarios; costas a ANSeS; regulación de honorarios conforme art.1255 CCyCN al 15% del importe del crédito.
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes del pronunciamiento): "Debo referir en relación a la pretensión de actualización del componente PBU, que dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326).... Sobre esta base, por cuestiones de economía, celeridad procesal y seguridad jurídica, lo pretendido queda subsumido en esos precedentes, tomando en cuenta el índice dispuesto por la CSJN in re 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ Reajustes varios' sent. del 8 de agosto de 2006..." "Ahora bien, el artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios entendida en los términos definidos en el apartado 1'. Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto." "Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo 'Actis Caporale'...)."
- Disidencias: no aparecen votos en disidencia en el texto; la decisión es la del juez firmante.

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