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GIMENEZ GUSTAVO DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de varios topes y reglamentaciones. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a ANSeS a proceder en 120 días desde la sentencia firme, confirmó la validez del Decreto 274/24, rechazó el pedido de suplementos extraordinarios y condenó en costas a ANSeS.

Intereses Prescripcion Anses Prestaciones extraordinarias Pbu Reajustes previsionales Tope de haber Decreto 274/24 Costas (ley 27423) Honorarios art.1255 ccycn


¿Quién es el actor?

Gimenez Gustavo Daniel (parte actora).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; impugnación de la constitucionalidad de topes y normas reglamentarias; pago de diferencias y suplementos extraordinarios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda en relación con los topes cuestionados y se ordenó a ANSeS a que, dentro de los ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto en el decisorio; los haberes modificados, en su caso, deberán abonarse en ese plazo; para el cómputo de acreencias retroactivas se deberán contemplar los intereses fijados y la prescripción declarada; se confirmó la validez del sistema de movilidad del Decreto 274/24; se rechazó la pretensión de abonar los suplementos extraordinarios; costas a ANSeS; regulación de honorarios conforme art. 1255 CCyCN en 15% del crédito. (Corresponde a lo resuelto en la Parte Resolutiva).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma para el caso de existir sumas en favor del reclamante, desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio." "Dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326)... teniendo en cuenta lo actualmente dispuesto por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social ... resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS' ..." "Por lo que corresponde ratificar su validez constitucional [del Decreto 274/24]." "Que, el Máximo Tribunal ... expresó que: '…permitir que el trabajador que cotizó sólo por una parte de su salario de actividad en virtud del límite contenido en el art. 9º de la ley 24.241, obtenga una prestación que incluya las sumas por las que no contribuyó al sistema, constituiría un verdadero subsidio contrario a la protección del esfuerzo contributivo realizado por el conjunto de afiliados…' Por las razones expuestas, no corresponde hacer lugar a la declaración de inconstitucionalidad solicitada." "En virtud de lo allí dispuesto, corresponde un análisis numérico actuarial para conocer la el porcentaje exacto de confiscatoriedad que podría, o no, existir en autos. Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado..." "En tal contexto, la determinación de dichos destinatarios [de los refuerzos previsionales] ... se inscribe dentro de las atribuciones propias del Estado para diseñar e implementar políticas económicas y sociales diferenciadas... La exclusión de quienes superan el umbral fijado por la normativa no puede reputarse arbitraria..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el expediente; la resolución es dictada por el Juez Federal German P. Zenobi en primera instancia.

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