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JUÁREZ, NATALIA YOLANDA C/ LOBO, KARINA EDITH S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

La actora promovió demanda de desalojo (excepto por falta de pago) contra la ocupante del inmueble de Pampa Central 478. El Tribunal rechazó la demanda por falta de acreditación de la titularidad invocada por la actora y por no acreditarse la condición de intrusa o tenedora precaria de la demandada.

Desalojo Titularidad registral Prueba de posesion Costas (art. 68 cpcc) Tenencia precaria / intrusion Accion sumaria (art. 676 cpcc) Boleto de compraventa / cesion de derechos Posesion prolongada / mejoras Nulidad o insuficiencia de titulo Derecho a la vivienda (mencion)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: NATALIA YOLANDA JUÁREZ. Demandado: KARINA EDITH LOBO. Objeto: acción de desalojo del inmueble sito en Pampa Central N° 478, Bahía Blanca (excepto por falta de pago), con pretensión de restitución del inmueble. Decisión: Se rechazó la demanda de desalojo y se impusieron las costas a la actora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Así y conforme lo normado por el art. 676 del CPCC '.la acción de desalojo de inmuebles urbanos o rurales se sustanciará por el procedimiento establecido por este Código para el juicio sumario. Se podrá dirigir esta acción contra el locatario, sublocatario, tenedor precario, intruso, o cualquier otro ocupante, cuya obligación de restituir o entregar, sea exigible..'" "Tal invocación por parte de la actora -sumado a sus propios dichos en cuanto a que no logró suscribir contrato de alquiler con la demandada
- suponen que no existe una obligación legal de restituir el bien basada en un contrato por el cual se le hubiera transferido la tenencia al accionado, por lo que cabe indagar si se da el segundo supuesto para que la acción de desalojo prospere, esto es, que se trate de un supuesto de tenencia precaria o intrusión y la actora resulta propietaria / titular registral del inmueble como para exigir el retiro de la demandada." "Del informe de dominio agregado el 5-11-2025 surge que el inmueble ... registra titularidad a nombre de Rufino Gutiérrez ... En cuanto al boleto por el cual Ledesma cedió a la actora los derechos y acciones sobre el bien lo hizo en representación de Eleuterio Rufino Gutiérrez invocando el mentado poder general. Y si bien en su declaración del 20-8-2025 Ledesma hizo referencia al fallecimiento de Eleuterio Gutiérrez, no fue en función de esa calidad de heredero testamentario que realizó la cesión sino en representación de Gutiérrez en función del poder de administración y disposición." "En definitiva, al momento en que se reclama la restitución por parte de la actora no existen constancias de que LOBO resultara una intrusa, ni que tuviera obligación de restituir a la actora el bien en la medida en que JUÁREZ no ha acreditado la titularidad que invocó y sobre la que sustentó su pretensión de desalojo (arg. art. 676 y 375 del CPCC). Por ello, la demanda de desalojo es rechazada." "FALLO esta causa seguida por NATALIA YOLANDA JUÁREZ contra KARINA EDITH LOBO : 1°) Rechazando la demanda instaurada; 2°) imponiendo las costas a la actora (art. 68 del CPCC)." (Se consignan los párrafos anteriores tal como aparecen en la sentencia por constituir los fundamentos nucleares de la decisión.)

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