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BANCO PIANO SA (43) C/ MIRANDA FAUSTA MIRIAM S/ COBRO EJECUTIVO

La parte ejecutante promovió un proceso ejecutivo que quedó sin impulso procesal tras la última actuación del 24/04/2026. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad conforme arts. 310, 315 y 316 del CPCC, impuso las costas a la parte ejecutante y no reguló honorarios por resultar la actuación inoficiosa.

Caducidad de instancia Ejecucion Inactividad procesal Costas a vencido No regulacion de honorarios Art. 310 cpcc Art. 316 cpcc Intimacion art. 315 cpcc Ac. 4039/21 scba Res. 3694/12 scba.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Parte ejecutante (nombre no consignado en el fragmento aportado). Demandado: Parte ejecutada (nombre no consignado en el fragmento aportado). Objeto: Prosecución de una ejecución (proceso ejecutivo) que quedó paralizada por falta de impulso. Decisión: Decretar la caducidad de la instancia por inactividad procesal; imponer las costas a la parte ejecutante en su calidad de vencida; no regular honorarios profesionales por resultar inoficiosa la intervención.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Que con fecha 26 de agosto de 2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue en fecha 24 de abril de 2026" "Sentado ello, y tomando en consideración que la parte ejecutante no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en la fecha antes señalada, en los términos del art. 10, Anexo I del Ac. 4039/21 SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia." Bloque dispositivo final (decisión): "Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC). Imponer las costas a la parte ejecutante en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC) No regular honorarios por la tarea profesional efectuada en autos en virtud de resultar inoficiosa (art. 30 Ley 14.967)." Referencias normativas y administrativas citadas por el Tribunal: arts. 310, 315 y 316 del CPCC; art. 68 del CPCC; art. 30 Ley 14.967; art. 10, Anexo I del Ac. 4039/21 SCBA; Res. 3694/12 de la SCBA.

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