FIGUEROA GABRIELA ALEJANDRA C/ BEBER DANIEL OSCAR S/ ALIMENTOS
Solicitud de cese de obligación alimentaria por mayoría de edad respecto de la cuota convenida a favor de la hija. El Tribunal resolvió hacer lugar al cese de la obligación alimentaria, ordenando oficiar al empleador, imponiendo costas por su orden y regulando honorarios por 7 jus ($53.232).
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Figueroa Gabriela Alejandra.
Demandado: Beber Daniel Oscar.
Objeto: Cese de la obligación alimentaria por mayoría de edad respecto de la cuota alimentaria convenida a favor de la hija Violeta Ailen Beber.
Decisión: El Tribunal decretó el cese por mayoría de edad de la obligación alimentaria que pesa sobre el Sr. Beber Daniel Oscar respecto de la cuota alimentaria convenida a favor de su hija; ordenó oficiar al empleador; costas por su orden; reguló honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, textuales):
"De conformidad con lo solicitado, y lo que surge del confronte de la partida de nacimiento obrante a fs. 4, RESUELVO: Decretar el cese por mayoría de edad de la obligación alimentaria que pesa sobre el Sr. Beber Daniel Oscar respecto de la cuota alimentaria convenida a favor de su hija VIOLETA AILEN BEBER. A tal fín ofíciese al empleador. Costas por su orden. Regúlanse los honorarios de la Dra. Mónica Fabiana Casado, TºIV Fº 280 C.A.Z.C., en la suma de 7 jus, que equivalen actualmente a $53.232.-, conforme Ley de Honorarios. Adiciónese a dicha cantidad el pertinente porcentaje de Ley y el IVA si correspondiere. Previo al libramiento del instrumento ordenado, deberá estar firme y consentida la presente resolución y cumplirse con el art. 21 de la Ley 6716 T.O."
"REGISTRESE. NOTIFIQUESE.
Notifico de manera electrónica en este acto a las partes y a la actora en el domicilio electrónico de su letrado patrocinante, el cual surge del listado del Registro de Domicilios Electrónicos de la S.C.B.A.."
(El bloque dispositivo final transcripto constituye la decisión mayoritaria del Tribunal.)
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