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EMPRENDIMIENTO LA LUISINA S.R.L C/ CORONEL CARLOS JAVIER S/ COBRO EJECUTIVO

Demanda de cobro ejecutivo por mutuo contra Carlos Javier Coronel solicitando pago de $18.000 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando el pago íntegro del capital reclamado ($18.000) más los intereses pactados y costas al vencido, disponiendo la continuación de la ejecución.

Intereses Ejecucion Cpcc Mutuo Cobro ejecutivo Domicilio constituido Costas al vencido Cccn $18.000 Incumplimiento de excepciones legitimas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: EMPRENDIMIENTO LA LUISINA S.R.L. Demandado: Carlos Javier CORONEL. Objeto: Cobro ejecutivo por mutuo por capital reclamado de PESOS DIECIOCHO MIL ($18.000) más intereses según contrato. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado abone íntegramente $18.000 más los intereses previstos en el considering II; costas al vencido; domicilio constituido en los estrados del Juzgado; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos textualmente del fallo): I.
- "Que el ejecutado Carlos Javier Coronel no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Sra. Actuaria en este acto, conforme surge de el mandamiento de intimación de pago digitalizado con fecha 24/8/2026, diligenciado en la calle Cordero n°1836 de la localidad de Rafael Castillo, por lo que se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer (arts. 116 y 155 CPCC). Por ello, de conformidad con lo pedido y lo dispuesto por los arts. 540 y 549 del CPCC, corresponde llevar adelante la ejecución por el monto reclamado." II.
- "Los intereses que corresponde aplicar resultan del contrato de mutuo adunado junto con la pieza electrónica del 22/9/2022, clausulas 2 y 3 (arts. 7, 767, 768, 769, 770, 959, 1021, 1061, 2651 del CCCN) aclarando que aquellos, por todo concepto y cualquiera fuera su denominación -compensatorios, moratorios, resarcitorios, punitorios u otro
- a fin de no sobrepasar los límites impuestos por la moral y las buenas costumbres, no podrán superar una vez y media en su conjunto, las tasas que percibió el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento de documentos, en pesos, a treinta días (tasa activa) en los distintos períodos de aplicación." Dispositivo final (transcrito): "Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Carlos Javier CORONEL haga al acreedor EMPRENDIMIENTO LA LUISINA S.R.L íntegro pago del capital reclamado de PESOS DIECIOCHO MIL ($18.000) con más los intereses establecidos en el considerando II, con costas al vencido, atento el criterio objetivo de la derrota (arts. 68 y 556 CPCC), difiriéndose la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el arts. 51 del Ley 14.967. Tiénese al ejecutado por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado (art. 41, CPCC)."

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