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MONTIEL LAURA MACARENA C/ LA CENTRAL DE VICENTE LOPEZ S.A Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Demanda por daños y perjuicios automotor; se decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal. El Tribunal hizo lugar al apercibimiento y declaró la caducidad, imponiendo las costas a la actora y diferiendo la regulación de honorarios.

Costas Honorarios Apercibimiento Caducidad de la instancia Inactividad procesal Notificacion electronica Art. 310 cpcc Art. 315 cpcc Danos y perjuicios automotor Actor vencido.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Montiel Laura Macarena. Demandado: La Central de Vicente López S.A. y otro/a. Objeto: Reclamo por daños y perjuicios automotor (daños y perjuicios; causa identificada como DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)). Decisión: Se decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal conforme arts. 310, 315 y 318 del CPCC; se impusieron las costas a la parte actora y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes tal como aparecen en la sentencia): "Que con fecha 3/08/2026 la letrada apoderada de la demandada, Dra. Cecilia Maria De La Fare, solicitó se intime a la accionante. Es por ello que el 14/8/2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue con fecha 27/8/2024 (ver pieza electrónica titulada apertura a prueba solicita)." "Sentado ello, y tomando en consideración que la parte actora no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada con fecha 5/9/2025 en los términos del art. 10 de la Ac. 4013 ed la SCBA, corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia." "En virtud de lo expuesto y lo dispuesto por la Res. 1043/12 de la SCBA, RESUELVO: Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 318 del CPCC) Imponer las costas a la parte actora en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC). Difiérase la regulación de los honorarios profesionales para el momento procesal oportuno (art. 51 Ley 14.967). REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE mediante la remisión del presente conforme lo previsto por el art. 10, Anexo I, Ac. 4013/21, texto ordenado por Ac. 4039/21, ambas de la SCJBA. OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE."
- Observaciones procesales relevantes: Se dejó constancia de notificación practicada el 5/9/2025 conforme art. 10 Ac. 4013/21; la última actuación útil del actor fue el 27/8/2024; la presentación electrónica de la defensora incluye renuncia de patrocinio (fecha 13/8/2025 a las 21:51 hs. y 28/8/2026 a las 10:43 hs. según actuaciones).

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