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CASTRO ETCHECOPAR, GUILLERMO FEDERICO C/ INSTITUTO OBRA MEDICO ASISTENCIAL IOMA S/AMPARO

Amparo por cobertura de cirugía con implante protésico y ejecución por incumplimiento. El Tribunal ordenó continuar la ejecución contra el IOMA y mandó el pago íntegro del capital reclamado de $86.350.000 más tasa pasiva desde el 06/07/26, con costas al demandado.

Costas Ejecucion de sentencia Salud Amparo Embargo Tasa pasiva Ioma Cirugia con implante protesico $86.350.000 Mora 06/07/26

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Castro Etchecopar Guillermo Federico. Demandado: Ministerio de Salud IOMA. Objeto: Cumplimiento de sentencia de amparo que condenó al IOMA a brindar cobertura integral e inmediata de una cirugía con implante de material protésico; ejecución por incumplimiento y embargo de fondos para cubrir presupuesto actualizado de la intervención. Decisión: Se ordenó continuar la ejecución hasta tanto el IOMA abone íntegramente la suma de $86.350.000 más la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta (30) días, desde la mora 06/07/26 y hasta el efectivo pago; con costas al demandado vencido; regulación de honorarios diferida al art.51 de la Ley 14.967.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente del fallo): "1) Que en fecha 10/02/26 se dictó sentencia definitiva en los presentes en la que se hace lugar a la acción de amparo promovida por el sr. Castro Etchecopar Guillermo Federico contra el Ministerio de Salud IOMA, condenando a esta última a brindar cobertura integral e inmediata de la cirugía con implante de material protésico. 2) Que en fecha 03/07/26 atento el incumplimiento de la parte demandada se dispuso en los términos del art. 497 y ccdtes. del CPCC, tener por iniciada la ejecución de sentencia contra el obligado IOMA. A esos efectos, se requirió a la parte actora acompañar presupuesto actual, para proceder al embargo correspondiente en los términos de los arts. 503 y 506 del CPCC. 3) Que en fecha 06/07/26 la parte actora acompaña el presupuesto actualizado correspondiente a la cirugía e implante, por lo que se dispuso en fecha 13/07/26, decretar embargo sobre los fondos de la demandada suficiente a cubrir la cantidad de $86.350.000 (art. 212 inc. 3 del CPCC).Y que trabado el mismo, se citaría a oponer excepciones a la ejecutada.- 4) Que en fecha 04/08/26 se citó a la demandada Ministerio de Salud IOMA para la venta de bienes (art.503 del CPCC), según así resulta de la notificación electrónica de fecha 04/08/26. 5) Que en fecha 18/08/26 se presenta la Dra. María Emilia Velázquez abogada de Fiscalía de Estado, y manifiesta que el IOMA inició el trámite administrativo N.° 14-420-0252575/26 con el fin de cumplir con las obligaciones inherentes a la representación que detenta el Sr. Fiscal de Estado Provincial, sin haber opuesto excepción alguna conforme lo dispuesto por el art.504 del código citado. Por ello, y atento lo prescripto por el art 506 del mismo código, RESUELVO: Mandar continuar la ejecución hasta tanto el ejecutado Ministerio de Salud IOMA haga al acreedor a Castro Etchecopar Guillermo Federico integro pago del capital reclamado de $86.350.000 con más la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta (30) días, desde la fecha de la mora 06/07/26 (fecha del presupuesto actualizado) y hasta el día de su efectivo pago ( art.7 y 768, inc. "c", Código Civil y Comercial de la Nación; , causa C. 119.176, "Cabrera, Pablo David contra Ferrari, Adrián Rubén. Daños y perjuicios". Con costas al demandado vencido (art 68 y 556 del CPCC). Difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad del art.51 de la Ley 14.967 Regístrese. Notifíquese."

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