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G. C. A. C/ PROVINCIA SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA S/ EJECUCION HONORARIOS

El perito ingeniero promovió ejecución de honorarios por $212.595 contra Provincia Seguros S.A. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y condenó en costas a la ejecutada, difiriendo la regulación de honorarios, y dispuso la liquidación de intereses según la tasa activa del Banco Provincia desde el 23/09/2024.

Ejecucion de honorarios Honorarios periciales Costas a la vencida 504 155 116 68 41 506 Intereses tasa activa banco provincia Domicilio procesal constituido Notificacion automatizada (ac. 4013/2021) Cpcc arts. 40 Pena de perdida del derecho Fecha de mora 23/09/2024

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El perito ingeniero CARLOS ANÍBAL GHIOLDI, con patrocinio letrado del Dr. Rodrigo Esteban Perez Cabuche. Demandado: PROVINCIA SEGUROS S.A., con apoderado Dr. Pablo Manuel Padilla. Objeto: Ejecución de honorarios por la suma de $212.595 (Pesos doscientos doce mil quinientos noventa y cinco) en el marco del expediente MO-1642-2013 (causa "MENAN SERGIO LUIS C/ DORICICH BELTRAMO ALEXIS NAHUEL Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)"). Decisión: Ordenar y mandar a llevar adelante la ejecución hasta que la ejecutada haga al acreedor íntegro pago del capital reclamado ($212.595) más los intereses que se liquidarán conforme lo establecido; imponer las costas a la accionada vencida; diferir la regulación de honorarios para su oportunidad; tener constituido el domicilio procesal de la demandada en los estrados del Juzgado y notificar mediante notificación automatizada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "Que el día 06/11/2025 se presenta el perito ingeniero CARLOS ANÍBAL GHIOLDI ... promoviendo demanda ejecutiva contra PROVINCIA SEGUROS S.A. por la suma de $212.595.
- ... en concepto de honorarios, en el marco de los autos 'MENAN SERGIO LUIS C/ DORICICH BELTRAMO ALEXIS NAHUEL Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)' Expte. N° MO-1642-2013.-" "Que, con fecha 01/09/2026 se presenta el Dr. Pablo Manuel Padilla en carácter de apoderado de PROVINCIA SEGUROS S.A., sin oponer excepciones legítimas, y encontrándose vencido el plazo para hacaerlo, désele por perdido el derecho que el ejecutado ha dejado de usar (artículos 116, 155 y 506 del CPCC).-" "Respecto a los intereses, éstos deben ser liquidados según la tasa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento a 30 días (tasa activa), vigente en los distintos períodos de aplicación, el que será calculado desde la fecha de mora (23/09/2024), hasta su íntegro y efectivo pago." Bloque dispositivo final: "FALLO: 1°) Mandar a llevar adelante la presente ejecución, hasta tanto la ejecutada PROVINCIA SEGUROS S.A. haga al acreedor íntegro pago del capital reclamado en concepto de IVA por la suma de $212.595.
- (Pesos doscientos doce mil quinientos noventa y cinco.-) con más los intereses, que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando tercero. 2°) Imponer las costas a la accionada vencida (art. 68 del CPCC), difiriendo la regulación de los honorarios para su oportunidad. 3°) Tener por constituido el domicilio procesal de la demandada en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41 del CPCC.). REGISTRESE. NOTIFIQUESE mediante notificación automatizada (Ac. 4013/2021 de la SCBA)." Observaciones procesales relevantes:
- Se declara la pérdida del derecho a oponer excepciones por parte de la ejecutada por haber vencido el plazo sin oponerlas (art. 116, 155 y 506 CPCC).
- La liquidación de intereses se computará desde la fecha de mora indicada: 23/09/2024.
- Se difiere la regulación de honorarios para oportunidad procesal adecuada.

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