Incidente Nº 19 - IMPUTADO: RETAMOZO, MATIAS GABRIEL Y OTROS s/INCONSTITUCIONALIDAD
La defensa de Cabrera y Balmaceda interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Sala II; la Cámara Nacional de Casación declaró inadmisible ese recurso por no superar el umbral de agravio verosímil y por pretender revisar valoración probatoria y determinación de la pena.
¿Quién es el actor?
La defensa técnica de Jonathan Samuel Cabrera y Gabriel Armando Balmaceda (y en el expediente también figuran Retamozo y Luján, cuyos recursos fueron desistidos).
¿A quién se demanda?
Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional — Sala II (decisión recurrida).
- Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad contra el fallo de la Sala II que, con fecha 28/04/2026, hizo lugar parcialmente al recurso de casación, casó parcialmente la sentencia impugnada en cuanto a la calificación legal, estableció la calificación como robo simple y fijó penas (tres años de prisión de efectivo cumplimiento para varios imputados; pena única de 3 años y 4 meses para Cabrera; pena única de 4 años y 3 meses para Balmaceda).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad articulado por la defensa de Cabrera y Balmaceda. Se dejó constancia de la concurrencia de votos de los magistrados Días y Sarrabayrouse; el juez Daniel Morin no emitió voto por aplicación del art. 23, último párrafo, del CPPN. Regístrese, comuníquese y remítase la causa.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"V. La defensa no supera el umbral de la genérica alegación de arbitrariedad y afectación de diversas garantías y principios constitucionales, pretendiendo someter a revisión de instancias superiores cuestiones vinculadas con la valoración probatoria y la materialidad delictiva, como también con la determinación judicial de la pena, que han sido abordadas con fundamentos suficientes en la sentencia dictada por esta sala.
En concreto, la defensa no invocó algún agravio verosímil ni señaló las razones que tornarían arbitraria la decisión; mucho menos, indicó la existencia de una cuestión federal que habilite la intervención del TSJ en calidad de tribunal superior de la causa a los efectos del recurso extraordinario federal.
VI. Por ende, corresponde declarar inadmisible el recurso interpuesto."
- Disidencia o votos particulares relevantes: Se dejó constancia de que, por aplicación del art. 23 (último párrafo) del CPPN, el juez Daniel Morin no emitió su voto; los votos concurrentes que resolvieron la inadmisibilidad fueron los de los jueces Días y Sarrabayrouse.
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