Incidente Nº 3 - DAMNIFICADO: IDENTIDAD RESERVADA IMPUTADO: CARITA QUISPE, JUAN CARLOS s/INCONSTITUCIONALIDAD
La defensa de un imputado planteó recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que confirmó condena por varios delitos de abuso sexual agravado y accesos carnales. La Cámara Nacional de Casación declaró inadmisible el recurso por carecer de una cuestión federal concreta y limitarse a alegaciones genéricas de arbitrariedad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa pública de Juan Carlos Carita Quispe (imputado).
Demandado: Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (contra la sentencia del 17/6/2026 de la Sala que rechazó la casación y confirmó la condena del Tribunal Oral n°29).
Objeto: Recurso de inconstitucionalidad (art. 14, ley 48) contra la sentencia que confirmó la condena por delitos de abuso sexual agravado y abuso sexual con acceso carnal agravado (varios hechos, con penas fijadas en doce años y seis meses de prisión); se invoca arbitrariedad en la fijación de la pena y vulneración del principio de culpabilidad y garantías constitucionales (art. 18 CN, art. 8 CADH y art. 14 PIDCP), fundado en el art. 27 de la ley 402 (CABA).
Decisión: La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Juan Carlos Carita Quispe.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"En este sentido, la defensa se ha limitado a sostener la arbitrariedad de la sentencia y la afectación de distintos derechos, principios y garantías mediante fórmulas genéricas, pero sin desvirtuar ni criticar razonadamente los fundamentos de la sentencia de esta sala. Esto evidencia que su planteo refleja una mera expresión de disconformidad con lo decidido, que no es idónea para sustentar la existencia de una cuestión federal (Fallos: 325:1905, resuelto por remisión al dictamen del Procurador General de la Nación)."
"En efecto, bajo la genérica alegación de arbitrariedad y afectación de distintos derechos, principios y garantías constitucionales se pretende, en definitiva, fundar un caso federal basado en cuestiones de derecho común (arts. 40 y 41, CP) que han sido resueltas con fundamentos de igual naturaleza. Todo ello, sin haberse invocado concretamente algún agravio verosímil ni señalado las razones que tornarían arbitraria la decisión."
"Por ende, propongo declarar inadmisible el recurso interpuesto."
- Votos / constancias relevantes: El voto que integra la decisión fue el del juez Eugenio Sarrabayrouse, con adhesión del juez Horacio L. Días. Se deja constancia de que, en razón de los votos concurrentes de los jueces Sarrabayrouse y Días, el juez Daniel Morin no emite el suyo por aplicación del art. 23, último párrafo, CPPN (texto según ley 27.384). No hubo disidencia que modifique la parte resolutiva.
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