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Incidente Nº 2 - IMPUTADO: JIMENEZ CABRERA , JOHANA MONSERRAT s/INCIDENTE DE CESE DE PRISION PREVENTIVA

Recurso de casación de la defensa contra la denegatoria del cese de prisión preventiva y la morigeración de la medida. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso, sosteniendo que las discrepancias valorativas invocadas no configuran arbitrariedad ni agravio federal capaz de conmover la decisión de la instancia anterior.

Inadmisibilidad Recurso de casacion Fundamentacion Morigeracion Prision preventiva Arbitrariedad de la sentencia Arresto domiciliario Reserva del caso federal Art. 210 cppf Drogas (tenencia con fines de comercializacion)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa pública oficial en representación de Johana Monserrat Jiménez Cabrera, mediante recurso de casación. Demandado: La resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 8 que rechazó el cese de prisión preventiva y concedió la morigeración de la medida (arresto domiciliario) — además estaba vinculada la situación ante el TOCF N°1 de Posadas. Objeto: Se impugna la decisión que negó el cese de la prisión preventiva y se cuestiona la motivación y la supuesta arbitrariedad del pronunciamiento, solicitando la revocación del mantenimiento de la prisión preventiva o, alternativamente, su sustitución por una medida menos gravosa. Decisión: Se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Johana Monserrat Jiménez Cabrera, con costas, y se tuvo presente la reserva del caso federal; se ordenó registro, notificación, comunicación a la CSJN (Ac. N°10/2025) y remisión al tribunal de origen por pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En efecto, en el sub judice la parte recurrente no introdujo argumentos ni una crítica razonada que logren conmover la decisión adoptada, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación de la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes para resolver del modo en que lo hizo." "Por adverso a lo sostenido en su recurso, en la decisión a estudio se analizaron los elementos de convicción necesarios y suficientes para el tratamiento de la cuestión y la resolución recurrida contiene fundamentos que constituyen una derivación razonada del derecho vigente, todo lo cual aleja a la resolución de la ausencia de fundamentación y tacha de arbitrariedad pretendida." "De ese modo, las alegaciones de la parte recurrente expuestas en el recurso en trato traslucen una disconformidad con el análisis efectuado por el tribunal de la anterior instancia sobre la cuestión, sin lograr conmover, a través de los argumentos expuestos, los fundamentos antes señalados. Por todo lo expuesto, corresponde declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto, con costas y tener presente la reserva del caso federal (arts. 444, 530 y ccds. del CPPN)."
- Votos concurrentes / disidencia: Los Dres. Petrone y Barroetaveña votaron por declarar inadmisible el recurso; el Dr. Slokar adhirió a la decisión pero señaló que, prima facie, los agravios podrían ameritar sustanciación conforme al art. 465 bis, sin adelantar criterio sobre el fondo.

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