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Incidente Nº 1 - IMPUTADO: MOYANO, AGUSTÍN FERNANDO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

Recurso extraordinario federal por la defensa de Agustín Fernando Moyano contra resolución que rechazó la casación. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario por falta de cuestión federal acreditada y por reedición de agravios, imponiendo costas en la instancia.

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¿Quién es el actor?

Defensa pública oficial de Agustín Fernando Moyano (recurrente).
- Demandado / Contrario procesal: Tribunal de origen / Ministerio Público Fiscal (en su intervención).
- Objeto de la demanda: Admisibilidad del recurso extraordinario federal deducido contra la resolución de fecha 23/6/2026 que rechazó el recurso de casación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa pública oficial de Agustín Fernando Moyano; por mayoría, con costas en la instancia, y ordenó remitir el expediente al tribunal de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "I. Que el 23 de junio de 2026, esta Sala I -con integración parcialmente distinta-, resolvió: 'I. RECHAZAR el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Agustín Fernando Moyano, por mayoría, con costas (arts. 456, 470, 471 a contrario sensu, 530 y 531 del CPPN) [...]' –destacado presente en el original
- (Reg. n° 631/26)." "IV. Tal como lo sostuvo en jurisprudencia reiterada la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el recurso extraordinario federal exige, entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en el presente caso sometido a control jurisdiccional no se advierte (Fallos: 306:136; 305:1694 y 147:371, entre otros)." "Por otro lado, no corresponde hacer lugar a la excepción de la doctrina de la arbitrariedad de sentencia, por cuanto en atención al carácter restrictivo de la admisión de la aludida doctrina, para que prospere la impugnación con ese respaldo, es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual el impugnante no consiguió probar en autos (Fallos: 311:1695)." "Además, la parte recurrente basó su impugnación en la reedición de agravios que tuvieron adecuada respuesta y en juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal invocada (Fallos 295:335; 300:443; 302:561 y 303:2012, entre otros)."
- Disidencia (relevante): El juez Alejandro W. Slokar coincidió en declarar la inadmisibilidad del recurso por incumplimiento de recaudos, pero propuso declarar la inadmisibilidad "sin costas" (es decir, diferencióse en cuanto a la imposición de costas). No obstante, la resolución final se adoptó por mayoría con costas en la instancia.

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