Logo

Recurso Queja Nº 280 - s/ASOCIACION ILICITA QUERELLANTE: UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

La Unidad de Información Financiera impugnó la revocación del traslado del requerimiento acusador en una causa por asociación ilícita. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la queja y concedió el recurso de casación, autorizando la apertura de la instancia sin costas.

Casacion Recurso de queja Competencia Inadmisibilidad Legitimacion activa Asociacion ilicita Unidad de informacion financiera Sala iii Decreto 274/2025 Traslado del requerimiento acusador


¿Quién es el actor?

Unidad de Información Financiera (recurrente/querellante).

¿A quién se demanda?

resolución de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones que revocó el traslado del requerimiento acusador (hacía extensivo a demás defensas).
- Objeto de la demanda: queja contra la decisión de la Cámara de Apelaciones que revocó lo decretado por el a quo respecto del traslado del requerimiento acusador en una causa por asociación ilícita; petición de habilitación de la instancia casatoria y concesión del recurso de casación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la queja interpuesta, sin costas, y concedió el recurso de casación deducido.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual del fallo): "En la medida en que la queja interpuesta reúne los requisitos de admisibilidad y fundamentación previstos en los arts. 456, 463 y 477 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), corresponde autorizar la apertura de la instancia casatoria y habilitar el conocimiento de esta Sala, sin que ello implique adelantar opinión sobre el fondo del asunto, sin costas." "De esta manera, conforme lo señala el a quo, la Unidad de Información Financiera no cuenta con legitimación activa para realizar las presentaciones que intenta y su pretensión pone de manifiesto la inobservancia de los recaudos establecidos por la legislación procesal para la procedencia del remedio casatorio." "Por lo demás, no se advierte ni la Unidad de Información Financiera logra acreditar la concurrencia de una cuestión federal de entidad suficiente, ni de otra circunstancia que imponga la habilitación de la competencia de esta Cámara Federal de Casación Penal como tribunal intermedio, conforme las pautas sentadas por el Alto Tribunal en el precedente 'Di Nunzio' (Fallos 328:1108)."
- Voto en disidencia (relevante y aclarado como tal): El señor juez doctor Carlos A. Mahiques expresó que "la parte recurrente no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que le señaló el a quo como objeción al recurso que intentó." Además, reiteró su criterio manifestado en legajos conexos respecto de que, "desde la entrada en vigencia del decreto 274/2025 del 16 de abril de 2025, la Unidad de Información Financiera carece de facultades para querellar en procesos como el presente, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos", y por ello propuso declarar la queja inadmisible con costas en la instancia. (Esto constituye la disidencia; la decisión adoptada por mayoría fue la transcripta arriba.)

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar