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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: RUIZ , CINTIA SOLEDAD s/LEGAJO DE PRORROGA DE PRISION PREVENTIVA

Incidente por prórroga de prisión preventiva de Cintia Soledad Ruiz. La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga por el plazo de un año desde su vencimiento y exhortó al tribunal de mérito a resolver la situación procesal de la imputada dentro del plazo dispuesto.

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¿Quién es el actor?

Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata (instancia que resolvió la prórroga).
- Demandado / Imputada: Cintia Soledad Ruiz.
- Objeto de la demanda: Prórroga de la prisión preventiva por un (1) año (art. 1° Ley 24.390, texto según Ley 25.430), a partir del 27 de agosto de 2026.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Cintia Soledad Ruiz por el término de un año, a partir de su vencimiento, y exhortó al tribunal de mérito a resolver la situación procesal de la imputada dentro del plazo dispuesto; además ordenó registro, notificación, comunicación y remisión al tribunal de origen mediante pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "El 25 de agosto de 2026, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 1 de La Plata resolvió: '(I). PRORROGAR la prisión preventiva de [...] Cintia Soledad RUIZ a partir del 27 de agosto del año 2026, por el término de un (1) año (arts. 3 y cctes. de la ley 24.390 y su modificatoria a 25.430)'" (las mayúsculas y el resaltado pertenecen al original). "En atención a los fundamentos dados por el tribunal oral, habremos de tomar nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Cintia Soledad Ruiz, por el término de un año, a partir de su vencimiento." "Asimismo, corresponde exhortar al tribunal de mérito a resolver la situación procesal de la imputada dentro del plazo dispuesto." (Firmado: Daniel Antonio Petrone, Diego G. Barroetaveña y Alejandro W. Slokar. Ante mí: Walter Daniel Magnone.)
- Disidencias: No consta voto en disidencia en la parte resolutiva final.

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