MARTINEZ DANIEL c/ MINI.DE DEF.EST.MAYOR GRAL. DE LA ARA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor demandó al Estado Nacional - Ministerio de Defensa solicitando reconocimiento como veterano de guerra de Malvinas y otorgamiento de la certificación y beneficios legales. El Juzgado Federal rechazó la demanda por no acreditar la participación en acciones bélicas ni haber prestado servicios en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, y ordenó costas y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Daniel Martínez (actor, ex soldado conscripto, movilizado durante el conflicto del Atlántico Sur).
Demandado: Estado Nacional – Ministerio de Defensa.
Objeto: Que se lo incorpore y reconozca como “Veterano de Guerra” de Malvinas y se le otorgue la certificación y beneficios previstos por las leyes 23.109, 23.848 y 24.892 (y normativa concordante), con retroactividad e intereses.
Decisión: Se rechazó la demanda en cuanto solicita la extensión del certificado de “veterano de guerra” y los beneficios correlativos. Se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios de la representación letrada de la actora en $833.760. Se ordenó la notificación y archivo oportuno.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que, conforme se desprende de la lectura de los fundamentos de su demanda, el actor comparece en autos en su condición de ex soldado conscripto, movilizado en oportunidad del conflicto bélico del Atlántico Sur, y en razón de ello persigue que se le otorgue la certificación correspondiente al régimen instituido por la ley 23.848 y sus modificatorias, y se le reconozca, en consecuencia, su derecho a percibir los beneficios que esa norma instituye."
"Que, a fin de abordar la cuestión, considero oportuno remitirme a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación... en la causa 'Gerez, Carmelo Antonio...'", recordando que la ley 24.892 "…establece la concurrencia de un triple orden de requisitos: el temporal (que se extiende entre el 2 de abril y el 14 de junio), el geográfico (denominado TOM o TOAS) y el de acción, que reclama haber 'entrado efectivamente en combate' (art. 10 de la ley 24.892)".
"Así, teniendo en cuenta el criterio sentado por el Alto Tribunal en los casos recién citados, y los elementos de prueba producidos en autos, no es posible concluir que el actor haya participado de efectivas acciones de combate, ni que, por el destino asignado, se haya encontrado destinado al Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, por lo que no pueden otorgársele los beneficios que reclama, en tanto no cumple con los requisitos exigidos por la normativa aplicable. Por todo lo expuesto, corresponde desestimar la demanda incoada."
"No obsta a lo resuelto el planteo de inconstitucionalidad introducido por el actor respecto del decreto 509/88, ya que su fundamentación es genérica, y no exhibe la sustancia del pretendido agravio, limitándose a aseverar que la norma presenta un error, al diferenciarse en sus definiciones de las contenidas en otras normas del ordenamiento jurídico."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia (fallo de un solo juez competente en sede de primera instancia).
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