PARTIDO SOCIALISTA NRO. 50 - DISTRITO BUENOS AIRES s/INFRACCIÓN ART. 58 LEY DE FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS - Elección General 22 de octubre de 2023
Procedimiento contra el Partido Socialista por infracción al artículo 58 de la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos solicitó determinación de multa. El Juzgado determinó la multa en $40.675,41 y ordenó oficiar a la Dirección Nacional Electoral para debitar ese monto de los aportes del partido y consignar la sanción en el Registro de Sanciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Procedimiento incoado contra el Partido Socialista N°50
- Distrito Buenos Aires por infracción al artículo 58 de la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos (expte. N° 11757/2024).
Demandado: Partido Socialista N°50, Distrito Buenos Aires.
Objeto: Aplicación y determinación de multa electoral prevista en la sentencia precedente (fs. 140/143) por infracción a la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos, y su ejecución sobre aportes públicos.
Decisión: Se tuvo por determinada la multa aplicada en la sentencia de fs. 140/143 al Partido Socialista en la suma de $40.675,41; se ofició a la Dirección Nacional Electoral para que proceda a debitar dicho monto sobre los aportes asignados o futuros; y se ordenó tomar razón en el Registro de Sanciones a las Agrupaciones Políticas para su publicación en electoral.gob.ar.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Que, en efecto, mediante Anexo III de la Disposición 1-2025 la Dirección Nacional Electoral determinó que se detraigan los aportes asignados detallados en el anexo incorporado en autos a fs. 154/157 por multas y sanciones informadas por la justicia nacional electoral, no encontrándose allí mencionado el partido de autos, ni la alianza que integrara para la elección 2025."
"En consecuencia, y de acuerdo a lo dispuesto en el segundo párrafo del Punto I de la resolución de fs. 140/143, la que se halla firme a la fecha, corresponde determinar, la multa allí aplicada, en el equivalente a un veinte por ciento (20%) de la totalidad del aporte público para desenvolvimiento institucional que le hubiere correspondido al partido en el año 2025."
"Así, el organismo de mención comunica que en el ejercicio 2025 al Partido Socialista le asignó la suma de $203.377,09."
"En consecuencia, la multa impuesta en autos queda determinada en la suma de $40.675,41, la que habrá de ser comunicada a la Dirección Nacional Electoral a fin de que proceda a debitar dicho monto sobre los aportes que, por cualquier concepto el partido tenga asignados y pendientes de cobro y, en su defecto, sobre los que en el futuro se le asignen desde la primera oportunidad por cualquier concepto."
No constan votos en disidencia en el texto transcripto.
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