ILIASOVA, ANASTASIIA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización presentada por Anastasiia Iliasova. El Juzgado Federal declaró concedida la ciudadanía argentina por naturalización, condicionada al juramento de fidelidad y al cumplimiento de la obligación de enrolamiento dentro del año bajo apercibimiento legal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Anastasiia ILIASOVA, peticionante de la carta de ciudadanía.
Demandado: El trámite se dirige frente al Estado (autoridad judicial competente para la concesión de la ciudadanía); se oyó al Ministerio Público Fiscal.
Objeto: Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina por naturalización (pedido de carta de ciudadanía).
Decisión: Se declaró ciudadana argentina por naturalización a Anastasiia ILIASOVA, DNI N° 96.462.357, nacida el 07 de enero de 1997 en Tuimazý, Baskortostán, Federación de Rusia, y se ordenó la extensión del título respectivo, condicionada al juramento de fidelidad a la República, la Constitución y sus leyes, con obligación de enrolarse dentro del plazo de un año y las demás comunicaciones administrativas pertinentes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la Ley 346 y su decreto reglamentario 3213/84 para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina."
"Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal y atenta la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionante, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina por naturalización a Anastasiia ILIASOVA, DNI N° 96.462.357... a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber que tiene la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el art. 35 de la Ley 17.671 (texto según leyes 22.435 y 24.755) a partir de la fecha de juramento."
"Asimismo, haciéndole saber que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la Ciudadanía Argentina la existencia de algún impedimento legal sobrevendrá la situación prevista en el art 15 del Decreto 3213/84 que determina la anulación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite para su obtención."
"Regístrese y notifíquese... Comuníquese por cédula a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110, Ley 25.871) y por oficio a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la División de Análisis Legal de la Policía Federal Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto..."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el expediente.
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