Logo

SANTELLAN, CAROLINA c/ MINISTERIO DEL INTERIOR OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA DE LA NACION s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora reclamó indemnización por despido arbitrario contra el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, estableció la base indemnizatoria conforme a los considerandos XVII y XVIII, admitió el reconocimiento de intereses desde el 8/4/2016 y condenó en costas a la parte demandada.

Costas Indemnizacion Intereses moratorios Desviacion de poder Contratacion temporaria Despido arbitrario Ley 25.164 Articulo 11 Ramos (csjn) Banco central (tasa pasiva promedio)


¿Quién es el actor?

Carolina Santellan.

¿A quién se demanda?

Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación (Estado Nacional).
- Objeto de la demanda: reclamo de indemnización por “despido arbitrario” y demás rubros derivados de la ruptura del vínculo contractual celebrado bajo la modalidad del artículo 9 de la ley 25.164.

¿Qué se resolvió?

se desestimaron las objeciones de la demandada y se confirmó la sentencia apelada; se estableció la base indemnizatoria de acuerdo con los considerandos XVII y XVIII; se admitieron los agravios de la actora relativos al reconocimiento de intereses y a la forma de imposición de las costas; y se impusieron las costas de ambas instancias a cargo de la parte demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Como puede observarse, la jueza de primera instancia incurrió en una evidente autocontradicción toda vez que después de hacer en los considerandos una expresa alusión a la ley marco de regulación del empleo público 25.164 y al precedente 'Ramos' en la parte dispositiva tomó una base de cálculo que no surge de esa ley ni del precedente referido..." (considerando XVII). "En la demanda, al fijar la pretensión, la actora reclamó que 'se reconozca a [su favor] la indemnización prevista por el artículo 11 de la ley 25.164' y no pidió que la indemnización sea calculada utilizando como base el sueldo que percibe en la actualidad quien desempeña las funciones que ella realizó... En este contexto, la base de cálculo que deberá ser tomada para elaborar la liquidación es la que fue prevista en la ley 25.164 en los términos dispuestos por la Corte Suprema en el precedente 'Ramos', es decir determinada por 'la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año'." (considerando XVIII). "A las sumas resultantes de la liquidación ordenada se adicionará el interés de la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina desde la fecha de la ruptura del vínculo contractual (8 de abril de 2016) hasta su efectivo pago" (considerando XIX). Sobre costas: la Cámara concluyó que "toda vez que no se advierte motivos idóneos que justifiquen el apartamiento del principio objetivo de la derrota, corresponde admitir los agravios de la actora e imponer las costas de primera instancia a cargo de la parte demandada" y, en consecuencia, impuso las costas de ambas instancias a cargo de la demandada (considerandos XXI-XXII).
- Disidencias relevantes: no se consigna voto en disidencia; la sentencia fue acordada por dos integrantes de la sala (vacante el tercer cargo).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar