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EN-M ECONOMIA-SECRETARIA INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO c/ INC SA s/PROCESO DE EJECUCION TRIBUTARIA

La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo apeló en un proceso de ejecución tributaria contra INC S.A. La Cámara confirmó la regulación de honorarios practicada el 8 de julio de 2026 y ordenó que la demandada abone los emolumentos, aclarando que el IVA no está incluido y deberá depositarse junto con el pago.

Costas Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Iva Ley 27.423 Ejecucion tributaria Obligacion de pago. Camara contencioso administrativo federal sala v Honorarios de direccion letrada Resolucion sga 1930/26


¿Quién es el actor?

Economía
- Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.

¿A quién se demanda?

INC S.A.
- Objeto de la demanda: Proceso de ejecución tributaria; discusión en torno a la regulación de honorarios (regulación practicada el 8 de julio de 2026).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la regulación de honorarios practicada el 8 de julio de 2026 a cargo de la demandada. Asimismo, se aclaró que en los importes establecidos no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo juntamente con el monto del pago.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "I.
- Que en función de la naturaleza del proceso; del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo cumplido ante la anterior instancia, por la dirección letrada y representación legal de la parte actora, corresponde confirmar la regulación de honorarios practicada el día 8 de julio de 2026 por haber sido apelado únicamente por altos; a cargo de la demandada (arts. 16, 20, 21, 24, 29 inc. f) y ccdtes. de la Ley Nº 27.423 y Resolución SGA Nº 1930/26). II.
- Que cabe dejar aclarado que, en los importes establecidos precedentemente, no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que la obligada respecto de dichos emolumentos, deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo juntamente con el monto del pago."
- Disidencia: No consta voto en disidencia en el dispositivo final.

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