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AMIN ALICIA MERCEDES c/ AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Regulación de honorarios por defensa en proceso de caducidad; se confirmó la regulación. La Cámara confirmó los honorarios regulados el 12/06/2025 a favor de los Dres. Matías Hernán Remuñan y María Marcela Queirolo y dispuso que el IVA integre las costas y se sume a los honorarios cuando corresponda.

Costas Honorarios Caducidad Confirmacion Regulacion Afip Iva Merito profesional Camara contencioso administrativo federal Ley 27.42


¿Quién es el actor?

AMIN, Alicia Mercedes.

¿A quién se demanda?

AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos).
- Objeto de la demanda: regulación de honorarios profesionales vinculados a la defensa de la demandada en un proceso relacionado con la caducidad.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la regulación de honorarios practicada el 12/06/2025 en favor de los Dres. Matías Hernán Remuñan (apoderado) y María Marcela Queirolo (patrocinante). Además, declaró que el importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional sea responsable inscripto; si no hubiere denunciado esa condición, el plazo para el pago del tributo correrá a partir de la denuncia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Que a fin de tratar el recurso interpuesto, en primer término, cabe señalar que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional (C.S. Fallos: 270:388; 296:124, entre muchos más)." "Que, sobre la base de las consideraciones precedentemente expuestas, cabe tener en cuenta la naturaleza del asunto, resultado y el contenido patrimonial involucrado; considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor cumplida relacionada con la caducidad planteada, corresponde confirmar los honorarios regulados con fecha 12/06/2025, en favor de los DRES. MATIAS HERNAN REMUÑAN y MARIA MARCELA QUEIROLO..." "El importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios, cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo (conf. esta Sala in re: “Beccar Varela Emilio
- Lobos Rafael Marcelo c/Colegio Públ. de Abog." del 16 de julio de 1996). Para el caso de que el profesional no haya denunciado la calidad que inviste frente al IVA, el plazo para el pago del tributo sobre el honorario regulado, correrá a partir de la fecha en que lo haga."
- Disidencias: no consta disidencia en el acto resolutivo; el acuerdo fue suscripto por los Dres. José Luis López Castiñeira, María Claudia Caputi y Luis M. Márquez.

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