CAMJALLI, MARTA c/ FLORES TANCARA, REYNADO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )
Reclamo por daños y perjuicios por accidente de tránsito sin lesiones contra el conductor del Renault Fluence y su aseguradora. El Juzgado rechazó la demanda, admitió la excepción de la aseguradora por suspensión de cobertura por falta de pago y condenó en costas a la actora, regulando honorarios y peritajes.
¿Quién es el actor?
Marta Camjalli.
¿A quién se demanda?
Reynaldo Flores Tancara (titular registral y conductor del Renault Fluence dominio LTP-665). Citada en garantía: Liderar Compañía General de Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios por choque ocurrido el 15/06/2021 en Av. Avellaneda, entre Campana y Concordia, sobre el vehículo Ford Focus (dominio MRP748) del actor.
¿Qué se resolvió?
Se admitió la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por Liderar Compañía General de Seguros S.A. por suspensión de cobertura por falta de pago y, en consecuencia, se rechazó la demanda interpuesta por Marta Camjalli, imponiéndole las costas del proceso. Además se reglamentaron y fijaron honorarios a profesionales y peritos conforme lo dispuesto en el fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"La prima es un elemento fundamental en dicho contrato... si promedia falta de pago de la prima, cesa de manera temporaria la cobertura a favor del asegurado (art. 30 Ley 17.418 y ccds.) y, consecuentemente, se afecta su derecho a percibir la indemnización convenida según un siniestro determinado."
"De la documentación relevada surge... la póliza N° 15306444... con vigencia desde el 28/5/2021 al 28/11/2021... la póliza... al momento del siniestro objeto de autos -15 de junio de 2021-, se encontraba con la cobertura suspendida por falta de pago debido a que la cuota n° 1... fue abonado el 30/06/2021."
"La citada en garantía cumplió con el aviso que prevé el art. 56 de la Ley 17.418 para declinar la cobertura dentro del plazo que dicha norma establece."
"No se produjo en autos... prueba testimonial ni otros medios de prueba tendientes a determinar la existencia del hecho y, del informe pericial mecánico... resulta que el experto no contó con elementos objetivos suficientes como para determinar de forma objetiva ni la existencia ni la mecánica del hecho... En mérito a todo lo expuesto y no habiéndose producido otra prueba... habré de desestimar la demanda."
- Disidencias: No se consignan votos ni disidencia; resolución única del Juez de grado.
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