JOAQUIN, SILVIA GRACIELA Y OTROS c/ GATTI, NORBERTO SEBASTIAN Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demanda por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial con muerte de peatón y reclamo indemnizatorio contra conductor y citada en garantía. La Cámara modificó parcialmente la sentencia: rechazó la excepción de legitimación pasiva y extendió la condena a HDI Seguros S.A., atribuyó 80% de responsabilidad al conductor y 20% a la víctima y fijó los montos indemnizatorios y la forma de cálculo de intereses señalados.
¿Quién es el actor?
Silvia Graciela Joaquín (por derecho propio y en representación de su hija menor Paula Jazmín Vega) y Gladis Mabel Joaquín.
¿A quién se demanda?
Norberto Sebastián Gatti y Silvana Karina Mini; citada en garantía: HDI Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: acción de daños y perjuicios por el fallecimiento de Ariel (Nelson) Joaquín, atropellado el 18/03/2022 en Av. Juan B. Justo y Av. San Martín; impugnación de la exclusión de cobertura y cuantificación de rubros indemnizatorios (valor vida, incapacidad sobreviniente, consecuencias no patrimoniales, intereses, costas y honorarios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, modificó parcialmente la sentencia de grado: desestimó la excepción de falta de legitimación pasiva de HDI Seguros S.A. y extendió la condena a la aseguradora conforme art. 118 ley 17.418; estableció un reparto de responsabilidad del 80% a la parte demandada y 20% a la víctima; fijó valor vida en $20.000.000; incapacidad sobreviniente: $12.500.000 a Silvia Graciela Joaquín, $5.000.000 a Paula Jazmín Vega y $5.000.000 a Gladis Mabel Joaquín; consecuencias no patrimoniales: $15.000.000 a Silvia Joaquín y $7.000.000 a Gladis Mabel Joaquín; dispuso la forma de cómputo de intereses según considerando XI y diferir la regulación de honorarios a la instancia de grado. Confirmó la sentencia en lo demás decidido y fue motivo de apelación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de párrafos relevantes):
1) "Por las razones expuestas a lo largo del presente, entiendo que corresponde desestimar la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la citada en garantía, haciendo extensiva la condena a HDI Seguros S.A en los términos del art 118 de la ley 17418. Por ello, propongo al Acuerdo modificar lo decidido en este aspecto y hacer extensiva la condena dictada en autos a dicha aseguradora (art. 118 ley 17.418)"
2) "En consecuencia, con todas las dificultades que implica realizar un juicio retrospectivo de esta índole, valorando la incidencia causal de los protagonistas que han concurrido a la producción del hecho ilícito dañoso, y en atención que la parte demandada acreditó de modo parcial la ruptura del nexo causal, a partir de las eximentes de responsabilidad que prevén los arts. 1722, 1729 y 1731 del CCyCN propongo al Acuerdo respecto a Silvia Graciela Joaquín, 47 años casada, fijar la suma de pesos doce millones quinientos mil ($ 12.500.000) respecto la menor Paula Jazmín Vega de 9 años de edad estudiante ... la suma de pesos cinco millones ($5.000.000) y respecto a Gladis Mabel Joaquín... la suma de pesos cinco millones ($5.000.000) ... y propongo al Acuerdo fijar la suma de pesos veinte millones ($20.000.000) por el presente ítem indemnizatorio"
3) "En función de las consideraciones señaladas, ponderadas a la luz del prisma del derecho a una reparación integral, el cimero Tribunal entiende que resulta ineludible que, al tiempo de determinar el monto indemnizatorio por incapacidad sobreviniente y valor vida, los magistrados intervinientes tengan en cuenta como pauta orientadora las sumas indemnizatorias que establece el régimen de reparación de riesgos del trabajo ... es que propongo al Acuerdo ... Establecer en un 80% la responsabilidad a la parte demandada y un 20% a la propia víctima, en atención a la incidencia causal de cada uno de los copartícipes del accidente."
- Votos y adhesiones: el voto de la Dra. Gabriela M. Scolarici contiene la fundamentación extendida y propone la modificación; las Dres. Beatriz A. Verón y el Dr. Maximiliano L. Caia adhieren al voto precedente, conformando la decisión de la Cámara (mayoría).
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