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MOSTO, RICARDO LUCAS Y OTRO c/ CARDOZO, HUGO JULIAN s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Los coactores demandaron por daños y perjuicios y reclaman indemnizaciones y rubros complementarios tras un accidente de tránsito. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo apelado y condenó a la actora vencida al pago de las costas de Alzada, sosteniendo la valuación probatoria de peritos y la insuficiencia de agravios formales.

Accidente de transito Danos y perjuicios Honorarios Carga de la prueba Prueba pericial Apelacion Tratamiento kinesiologico Desvalorizacion vehicular Costas de alzada Ley 27.423


¿Quién es el actor?

Ricardo Lucas Mosto y Andrés Ricardo Mosto.

¿A quién se demanda?

Hugo Julián Cardozo y La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada (luego desistió).
- Objeto de la demanda: reclamo por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito del 02/12/2022; pedidos puntuales por tratamiento kinesiológico, desvalorización del vehículo y mayor monto indemnizatorio (entre otros rubros).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia recurrida en todo cuanto decide y fue materia de apelación y agravios. Se impusieron las costas de Alzada a la parte actora vencida conforme al art. 68 del Código Procesal. Además, se dispuso elevar determinados honorarios profesionales conforme lo expuesto en el fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "…las lesiones surgidas del siniestro ya se encuentran consolidadas, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, por lo que el posible tratamiento a realizar no alterará su evolución…" (respuesta n°8). 2) "En tal sentido, corresponde declarar desierto el recurso del coactor Ricardo Lucas Mosto en cuanto al aspecto antes señalado (cfr. artículo 265 del Código Procesal)." 3) "La desvalorización venal del automotor constituye una cuestión eminentemente técnica, por lo que resulta de singular importancia la producción de una prueba pericial idónea... En el caso, dicha prueba fue producida. El ingeniero mecánico, luego de inspeccionar el vehículo... concluyó expresamente que, en razón de la antigüedad del rodado, éste no experimentó desvalorización alguna, circunstancia que fue consentida por el reclamante…"
- Votos y disidencias: Los tres jueces (Caia, Rolleri y Converset) votaron en igual sentido; no se registra disidencia.

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