ALVARENGA CHAVEZ, FABIAN ALFREDO c/ SOTTOVIA, SANDRA PATRICIA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamó daños y perjuicios por accidente de tránsito que produjo lesiones y daños al motovehículo; la Cámara redujo la condena por daño moral a $400.000 y modificó el modo de liquidar los intereses, confirmando el resto del pronunciamiento apelado y imponiendo las costas de alzada en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Fabián Alfredo Alvarenga Chávez.
- Demandada: Sandra Patricia Sottovia (con citación en garantía a Seguros Sura S.A.).
- Objeto de la demanda: indemnización por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito del 12/09/2022; rubros reclamados incluyen incapacidad sobreviniente, daño moral, gastos médicos, gastos futuros, daños materiales y privación de uso, entre otros.
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió reducir a $400.000 la suma reconocida por daño moral; modificar la forma de liquidar los intereses según lo explicado en el punto III del voto; confirmar el pronunciamiento en todo lo demás que fue materia de agravios; imponer las costas de Alzada en el orden causado; y dejar sin efecto y adecuar las regulaciones de honorarios de primera instancia conforme la ley 27423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"El magistrado fijó esta partida en la suma de $800.000. La citada en garantía cuestionó su procedencia, mientras que ambos apelantes objetaron el monto reconocido, por considerarlo elevado y reducido, respectivamente. ... En consecuencia, atento a la índole del hecho, a las circunstancias antes referidas y a las satisfacciones sustitutivas y compensatorias que la indemnización debe procurar, considero elevada la suma reconocida por este renglón, por lo que postulo al Acuerdo reducirla a $400.000 (arts. 1741 del CCyC y 34 inc. 4°, 163 inc. 6° y 165 del CPCCN)."
"Por las consideraciones precedentes, postulo fijar los intereses a una tasa de interés del 8% anual desde la fecha del siniestro hasta el dictado de la sentencia apelada y, a partir de entonces y hasta el efectivo pago, a la tasa de interés moratorio (TIM)."
- Otras consideraciones relevantes:
Se confirmó el rechazo del reclamo por incapacidad sobreviniente y gastos futuros (tratamiento psicológico y kinesiológico) por falta de acreditación de relación causal; se confirmaron gastos de asistencia médica, farmacia y traslados en $30.000 y se rechazó la partida por vestimenta; se confirmó el rechazo de los daños materiales y privación de uso por haberse considerado comprendidos en presupuesto cercano al hecho y en acuerdo transaccional anterior; en costas, se impuso las de primera instancia a la vencida y las de alzada en el orden causado. No hubo disidencia; el Dr. González Zurro adhirió al voto precedente.
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