HAZAN, MATIAS NICOLAS c/ SANCHEZ, GASTON ADRIAN s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamo por daños y perjuicios por accidente de tránsito entre una motocicleta y una camioneta. La Cámara revocó la sentencia de grado y rechazó la demanda, por entender que la prueba pericial acreditó que la motocicleta fue el vehículo embistente y que el actor no guardó la distancia de frenado, imponiendo costas al actor en ambas instancias.
¿Quién es el actor?
Matías Nicolás Hazan.
¿A quién se demanda?
Gastón Adrián Sánchez (y Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada, citada en garantía).
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 16 de abril de 2021, en Av. de los Constituyentes y Gral. Mosconi, General Pacheco, PBA; el actor reclamó indemnización por lesiones sufridas al impactar su motocicleta contra la camioneta del demandado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de grado que había admitido la demanda y condenado al demandado al pago de $9.500.000, rechazó la demanda y condenó en costas al actor en ambas instancias; diferió la regulación de honorarios de la Cámara hasta que se regulen en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"La conclusión pericial relativa a la posición de los rodados y a la calidad de embistente de la motocicleta encuentra respaldo en elementos objetivos: el contacto se produjo contra la parte trasera de la Ford Ranger y el propio actor reconoció que no tuvo tiempo para frenar."
"El perito ingeniero mecánico Claudio E. Gómez, en su dictamen presentado el 15 de abril de 2024, indicó que la camioneta circulaba por la Av. de los Constituyentes y que, detrás de ella, lo hacía la motocicleta... Concluyó que la motocicleta fue el vehículo embistente y la Ford Ranger el embestido, y atribuyó el contacto a que el actor no guardó la distancia de frenado."
"La falta de tiempo para frenar, expresamente reconocida en la demanda, no demuestra la inevitabilidad del accidente sino que la separación respecto del vehículo que circulaba por delante no era suficiente para afrontar una contingencia propia del tránsito."
Sobre la prueba pericial y su valoración: "En síntesis, las conclusiones del perito deben ser convincentes, como consecuencia lógica de sus fundamentos y motivaciones, de modo que el juez, si al apreciar el dictamen entiende que presenta conclusiones poco claras y carentes de sustento, no podrá otorgarle la eficacia probatoria indispensable para formar convicción sobre los hechos controvertidos... A partir de lo antes expuesto, no encuentro motivos para apartarme del dictamen pericial y la respuesta brindada al pedido de explicaciones del actor."
- Votos en disidencia: no hubo disidencia; las tres juezas adhirieron a la propuesta de la Dra. Biscardi.
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