INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS D. (J.J), I. R., SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN
La defensa apeló el rechazo de su planteo de nulidad del requerimiento de juicio en una causa por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La Cámara de Casación y Apelaciones rechazó el recurso por formalmente inadmisible, al no cumplir con la debida fundamentación exigida por ley.
Actor: Defensa de D. (J.J.) I. R. Demandado: Ministerio Público Fiscal Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia que rechazó el planteo de nulidad del requerimiento de juicio articulado por la defensa en causa por tenencia de 96 envoltorios de sustancia blanca polvorienta similar a clorhidrato de cocaína (35,4 gramos) con fines de comercialización, hallados el 11 de diciembre de 2022.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Casación y Apelaciones rechazó el recurso de apelación interpuesto por la defensa por resultar formalmente inadmisible, con costas a la parte vencida, confirmando así la decisión de primera instancia. Fundamentos principales de la decisión: "El art.293 CPP dispone expresamente que la apelación debe articularse por escrito 'con los fundamentos que [la] justifiquen'. Esta regla coloca en el recurrente una carga de fundamentación que no se satisface con la mera enunciación y desarrollo de su desacuerdo con la decisión impugnada, sino que exige una crítica concreta y razonada de los argumentos de la resolución capaz de demostrar que aquella desaplicó la ley (por una errónea apreciación del derecho o de los hechos), violó las formas del proceso o resultó arbitraria (por no constituir derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las constancias del caso)." "Tal como se desprende de los antecedentes aquí reseñados, los argumentos introducidos en la impugnación constituyen una mera reiteración de aquellos esgrimidos ante la instancia anterior. Aunque el fallo atacado explicó que el requerimiento acusatorio alcanzó el estándar probatorio exigido por la ley -la mera probabilidad, que admite la concurrencia de hipótesis contrapuestas-, el recurso no rebate esas razones ni intenta desvirtuarlas." "En efecto, la defensa no indica que el razonamiento efectuado ignore las reglas que gobiernan la incidencia ni demuestra tampoco que, al pronosticar como probable el dictado de una condena, incurra en una errónea apreciación de los elementos de convicción recabados. En cambio, todo su argumento se concentra en cuestionar la actuación cumplida por el agente fiscal y a expresar su propia preferencia sobre el modo en que debiera ejercer el impulso de la acción penal."
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