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Incidente Nº 22 - IMPUTADO: VEGA, ORANGEL VALENTIN s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)

Causa por transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes contra Orangel Valentín Vega. El Tribunal homologó el acuerdo pleno y condenó al imputado a seis años de prisión, multa de 65 unidades fijas, inhabilitación por el tiempo de la condena, ordenó el decomiso de teléfonos y dispositivos y dispuso el pase a ejecución de la sentencia.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Ricardo Rafael Toranzos. Demandado: Orangel Valentín Vega (imputado). Objeto: Se le imputó ser coautor del delito de Transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes (art. 5 inc. “c” y 11 inc. “c” Ley 23.737; art. 45 C.P.) por el traslado de 172 kilos 419 gramos de cocaína el 11 de julio de 2025. Decisión: Se hizo lugar al acuerdo pleno, condenando a Orangel Valentín Vega a seis (6) años de prisión, multa de sesenta y cinco (65) unidades fijas, inhabilitación absoluta por el tiempo que dure la condena, con expresa imposición de las costas; se ordenó el decomiso de los teléfonos celulares, elementos electrónicos y dispositivos móviles secuestrados; se dejó constancia de la renuncia a los plazos recursivos y se ordenó el pase a la etapa de ejecución de sentencias.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales de párrafos relevantes): 1) "En esa oportunidad, el personal Gendarmería Nacional apostado en el peaje ubicado en la ruta nacional número 16, a la altura del kilómetro 60 de la localidad de Makalle, provincia de Chaco, controlaron y revisaron un camión dominio MKW 012, con un semi remolque ganadero de dos pisos dominio OWM 414 ... dentro de esos bultos se hallaban 165 paquetes rectangulares, que contenían una sustancia pulverulenta de color blanco, la cual, al ser sometida al reactivo dio como resultado la presencia de cocaína y del pesaje practicado se obtuvo un peso de 172 kilos 419 gramos de ese tipo sustancia estupefaciente." 2) "El Sr. Fiscal... encuadró la conducta del acusado, como constitutiva del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de personas intervinientes prevista en el artículo 5 inciso 'c' y 11 inciso 'c' de la ley 23.737 en función del artículo 45 del Código Penal." 3) "En virtud que se ha peticionado para el acusado Orangel Valentín Vega el mínimo punitivo de la escala penal, se tienen en cuenta como agravantes, la elevada cantidad de sustancia estupefaciente secuestrada ... En cambio, se consideran como atenuantes, la carencia de antecedentes penales la conducta del imputado durante el proceso y la buena impresión tomada del mismo en la audiencia de acuerdo pleno."
- No hubo votos en disidencia; la sentencia fue dictada en forma unipersonal por la Sra. Jueza María Alejandra Cataldi.

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